Aspectos fundamentales del empresario y la empresa mercantil

empresario individual

Persona que por cuenta propia tiene una actividad comercial y responde con todo su patrimonio a las deudas que pueda contraer, su responsabilidad por tanto es ilimitada.
principales carácterísticas:
• Pueden ser mayores de edad con la disponibilidad de sus bienes o menores (o incapacitadas), a través de sus
representantes legales.
• No existe capital mínimo legal para iniciar.
• El empresario deberá responder con todo su patrimonio presente y futuro de las obligaciones que contraiga, su responsabilidad es ilimitada.
• La gestión de la empresa y su representación legal corresponden a su titular.
• La denominación o razón social de la empresa será el nombre del titular.
• El empresario tributa a través del impuesto sobre la renta de las personas físicas por los rendimientos de su actividad económica.
• No es obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil del acto de constitución pero sí aconsejable.
Ventajas e inconvenientes
Sus principales ventajas son que el empresario decide con plena autonomía cómo dirigir la empresa y qué hacer con los beneficios. Además, es la forma más sencilla de establecer un negocio, pues no se requiere una inversión inicial mínima ni una
burocracia previa para constituir la empresa.
Su principal inconveniente es que el empresario asume todo el riesgo, ya que responde con todos sus bienes frente a las deudas de la empresa. Para reducir este riesgo, se creó la figura del emprendedor de responsabilidad limitada (E. R. L.), que
permite proteger parte del patrimonio personal del emprendedor, al preservar su vivienda habitual. Otro inconveniente es que son empresas muy dependientes del talento de su fundador, lo que
hace que difícilmente sobrevivan a él. Las posibilidades de obtener préstamos también dependen mucho de su patrimonio personal, por lo que suelen tener dificultades
para crecer y aprovechar las oportunidades del mercado.


La sociedad limitada (S. L. O S. R. L.)

Sociedad mercantil de carácter capitalista cuyo capital está dividido en partes iguales, llamadas participaciones, y en la que
los socios tienen limitada su responsabilidad al capital aportado.
Sus carácterísticas principales son:
• Se puede constituir con uno o más socios. Si es de un único socio, se denomina sociedad unipersonal de responsabilidad limitada.
• El capital social no puede ser inferior a 3000 euros y en el momento de la constitución tiene que estar totalmente desembolsado. Las participaciones de capital
no pueden representarse por títulos que faciliten su transmisión.
• La responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada, que puede ser en dinero, bienes o derechos.
• En su denominación, junto con el nombre, deberá figurar la expresión «Sociedad de Responsabilidad Limitada o sus abreviaturas, «S. R. L.» o «S. L
Sus órganos de gobierno son:
• La junta general.
Es el órgano supremo de la sociedad y en él están representados todos los socios. Sus funciones son controlar la gestión social y aprobar las.
cuentas anuales y la distribución del resultado, nombrar a los administradores, reformar los estatutos o disolver la sociedad, etc.
• Los administradores. Pueden ser socios o no y se encargan de la gestión de la empresa y de ejecutar las decisiones de la junta general. Además, ejercen la representación legal de la sociedad.
Entre los derechos de los socios están: participar en el reparto de los beneficios y en el patrimonio resultante de la liquidación de la empresa; adquirir con preferencia nuevas participaciones en caso de aumento del capital; votar en la junta general en función
de sus aportaciones; y estar informados de las actuaciones de los administradores.
Ventajas e inconvenientes de la S. L.
Su gran ventaja es que los socios no responden
con su patrimonio ante las posibles deudas.
Su principal desventaja está en las restricciones que tienen los socios para transmitir sus participaciones a personas extrañas a la sociedad. También existen limitaciones para la ampliación de capital. Todo ello puede limitar su crecimiento.
Las variantes de la sociedad limitada
En el caso de microempresas de nueva creación existe la posibilidad de adoptar una sociedad limitada nueva empresa (S. L. N. E). Goza de ventajas fiscales (aplazamiento inicial de
impuestos) y burocráticas (simplificación de los trámites de constitución e inscripción). Su capital social debe estar entre los 3000 y los 120 000 euros (solo en aportaciones dinerarias) y no puede tener más de cinco socios.
Y para aquellos emprendedores que tengan dificultades para reunir los 3000 euros de capital inicial, la ley de apoyo a los emprendedores ha creado la sociedad limitada de formación sucesiva (S. L. F. S.), en la que no se
exige el requisito de capital mínimo. A cambio, se restringe la retribución a socios y administradores y la posibilidad de repartir beneficios. La sociedad perderá la calificación de formación sucesiva cuando alcance el capital mínimo de 3000 €,


La sociedad anónima (S. A.).                                               sociedad mercantil de carácter capitalista cuyo capital social esta dividido en partes iguales llamadas acciones, y en la que la responsabilidad de los socios esta limitada a la aportación realizada.
Carácterísticas más importantes:
• Sociedades capitalistas que se constituyen con aportaciones en dinero, bienes o derechos de los socios. A cada socio le corresponde un número de acciones según su aportación.
• El capital mínimo es de 60 000 €, y deberá estar totalmente suscrito y desembolsado, al menos en un 25 %, en el
momento de constituirse la sociedad. El resto de las cantidades pendientes se deben desembolsar en el tiempo y forma que fijen los estatutos de la sociedad.
• La sociedad se puede constituir con uno o más socios. Si se constituye con un único socio, la sociedad deberá hacer constar su condición de unipersonal en su denominación.
• Los socios solo pueden perder el dinero invertido y por tanto, su patrimonio personal no queda comprometido.
• En su denominación, junto con el nombre, deberá figurar la expresión «Sociedad Anónima» o «S. A».
Los órganos de gobierno de la sociedad anónima son:
• La junta general de accionistas. Es el órgano supremo de la sociedad, en el que participan los accionistas para aprobar los estatutos, elegir a los administradores y exigirles responsabilidades, aprobar las cuentas anuales, así como los acuerdos de transformación o disolución de la sociedad.
Esta junta general puede adoptar varias formas:
– Junta general ordinaria. Se reúne dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio para valorar la gestión de los administradores y aprobar cuentas del ejercicio anterior y decidir qué hacer en cuanto al reparto de beneficios.
– Junta general extraordinaria. Se podrán convocar reuniones extraordinarias para tratar asuntos urgentes que requieran la aprobación de la junta general.
– Junta universal. Se produce cuando en una reuníón de la junta general están todos los accionistas y los asistentes acuerdan por unanimidad la celebración de una junta universal y los asuntos que se tratarán en ella.
• El consejo de administración o administradores. Es el órgano de gestión y representación de la sociedad. Sus miembros son elegidos por la junta general
Puede adoptar varias formas:
– Unipersonal o administrador único.
– Varios administradores solidarios o dos mancomunados.
– Consejo de administración. Los miembros de este consejo, elegidos por la junta general, gestionarán y representarán a la sociedad colectivamente.


Las acciones

títulos que representan una parte alícuota del capital social de la
empresa. Pueden ser nominativas, si en ellas aparece el nombre de su titular, o al portador, si no consta del nombre del titular.
Las acciones confieren los siguientes derechos a los socios:
1. Participar en el reparto de los beneficios y en el patrimonio
resultante de la liquidación.
2. Tener preferencia para adquirir nuevas acciones si se amplía el capital.
3. Votar en la junta general en función del número de acciones que se posean.
4. Estar informado de las actuaciones de los administradores de la sociedad.
Las acciones se pueden transmitir libremente, salvo que los estatutos lo limiten. Con su venta también se transmite la condición de socio y sus derechos.
Ventajas e inconvenientes de la S. A.
Como ventajas, además de la responsabilidad limitada al capital aportado, están:
• La facilidad para vender las acciones, unida a la existencia de mercados, permite a su titular recuperar la inversión cuando lo desee.
• Es la única sociedad que puede acceder al mercado financiero. Esta posibilidad para captar el ahorro de pequeños inversores hace que la S. A. Pueda disponer fácilmente de impor-
tantes recursos para financiar sus inversiones de crecimiento.
• La S. A. Favorece la separación entre la propiedad y la gestión, lo que posibilita contratar directivos profesionales y facilita la continuidad de la empresa con independencia de sus socios fundadores.
Ahora bien, la separación entre propiedad y dirección también suele ser fuente de inconvenientes, ya que los objetivos de accionistas y directivos no siempre coinciden. Además los accionistas no siempre cuentan con la información suficiente sobre la gestión de los directivos.


Un sector está formado por todas las empresas que ofrecen productos similares y que satisfacen el mismo tipo de necesidades de los consumidores. La estructura d este viene definida por el número y tamaño relativo de las empresas, las barreras de entrada existentes, las carácterísticas de los productos en cuanto a su homogeneidad, la tecnología, los costes de producción, etc.

OPORTUNIDADES/FORTALEZAS
Estrategias ofensivas
Se usan los puntos fuertes de la empresa para aprovechar
las oportunidades.

amenazas fortalezas
Estrategias defensivas
Tratan de evitar las amenazas detectadas usando las
fortalezas de la empresa.
DEBILIDADES/ oportunamente 
Estrategias de cambio
Buscan superar las debilidades aprovechando las
oportunidades.

debilidades/amenazas
Estrategias de supervivencia
Es la peor situación: tratar de reducir las debilidades para
sobrevivir a las amenazas.

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