Historia de la sociedad limitada

LA SOCIEDAD Anónima


Sociedad capitalista por excelencia, formada por uno o más socios que no responden con todo su patrimonio ante las deudas de la empresa, salvo el de su aportación. El capital mínimo para su constitución es de 60.000$, Este tipo de sociedad se adapta mejor a las necesidades de las grandes empresas.

Carácterísticas:

  • El capital social mínimo exigido son 60.000$ desembolsado como mínimo en un 25%.
  • Su constitución es necesario un socio (sociedad unipersonal S.A.U.), puede tener más.
  • Los socios tienen responsabilidad limitada.
  • Existe libre compra venta de acciones.
  • Por beneficio tributa en el impuesto de sociedades.
  • En la denominación deberá figurar ‘’S.A.’’
  • Puede emitir obligaciones para captar recursos ajenos.

Ventajas:

  • Tiene responsabilidad limitada.
  • Separación entre propiedad y gestión.
  • Facilidad para la captación de capital.

*La libre transmisión de las acciones.

*Las ampliaciones de capital.

Única modalidad de sociedad que puede acceder al mercado financiero con la emisión de bonos.

Si la sociedad anónima cotiza en Bolsa es fácil ampliar capital y captar el ahorro de los inversores con la venta de acciones en el mercado.

Inconvenientes:

La separación entre propiedad y dirección genera conflictos.

Separación entre la actividad producida y especulativa.

LAS SOCIEDADES LABORALES

Sociedades anónimas o limitadas en las que la mayoría del capital (al menos el 51%) ha de pertenecer a socios trabajadores con contrato laboral indefinidos y a jornada completa.

Carácterísticas:

  • La mayoría del capital ha de pertenecer a trabajadores fijos de la empresa.
  • Tipos de miembros: socios trabajadores propietarios que prestan servicios a la sociedad mediante los socios no trabajadores (poseen acciones o participaciones, pero no tienen una relación laboral) trabajadores asalariados: aquellos que no son socios pero que han sido contratados por la sociedad. Habrá cuatro socios y al menos tres de ellos trabajadores.
  • Hay dos tipos de sociedades laborales:
  • Sociedad Anónima Laboral: Un capital mínimo de 60.000$, dividido en acciones totalmente suscritas y desembolsadas como mínimo en un 25%.
  • Sociedad Limitada
    Laboral: capital mínimo de 3.000$, dividido en participaciones sociales totalmente suscritas y desembolsadas.
  • Tienen preferencia en la transmisión de acciones (S.A.L.) y participaciones (S.L.L.), los trabajadores de la empresa que sean socios.
  • En la denominación deberá figurar ‘’Sociedad (Limitada o Anónima) ‘’S.A.L o S.L.L.’’
  • Por el beneficio tributan en el impuesto de sociedades, gozan de exenciones y bonificaciones, además de ayudas y subvenciones.

Ventajas:

  • Son sociedades de responsabilidad limitada.
  • El trabajo es una prioridad y los socios tienen preferencia en la compra de acciones.
  • Mejora la motivación y los incentivos, ya que los trabajadores son propietarios de la empresa.
  • Ventajas fiscales, están bonificadas en el 99% del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

Inconvenientes:

Limita la entrada de nuevos socios.

Presenta limitaciones a la contratación de trabajadores no socios.

COOPERATIVAS

Asociación voluntaria de personas y no de capitales, duración indefinida, responsabilidad limitada con el fin de buscar beneficio para todos. El objetivo es satisfacer las necesidades de sus socios y no el beneficio.

Carácterísticas:

  • Sus objetivos no son lucrativos.
  • Se basan en la solidaridad entre los socios.
  • Los socios no responderán de las deudas sociales.
  • La denominación de la Sociedad incluirá ‘’Sociedad cooperativa’’.
  • Las cooperativas pueden tener asociaciones que aportan capital, cobran intereses y no responden personalmente de las deudas sociales.
  • Hay dos tipos de cooperativas.
  • Cooperativas de primer grado como mínimo por dos cooperativas (personas físicas)
  • Cooperativas de segundo o ulterior grado, cuyos socios son a su vez cooperativas, como mínimo en número de dos.
  • El 30% de los excedentes obtenidos se debe destinar al fondo de Reserva Obligatorio y al fondo de educación y promoción, El ‘’retorno cooperativo’’ es el reparto entre los socios en proporción a su actividad en la cooperativa.
  • Por el beneficio tributa en el impuesto de sociedades.

Los órganos sociales en una cooperativa:

Asamblea general: Reúne a todos los socios y es el órgano de gobierno,

Consejo Rector: Órgano de gestión y representación de la cooperativa.

Interventores: Controlan las cuentas anuales de las cooperativas.

Ventajas:

  • Son sociedades de responsabilidad limitada.
  • Es una uníón de personas para realizar una actividad que beneficie a todos los socios.
  • Prioridad por los objetivos sociales.
  • Ventajas discales, solo tributan al 20% en el impuesto de sociedades.

Inconvenientes:

  • Dificultades para incrementar el número de socios, crecer y expandirse.
  • Los socios pueden no querer realizar inversiones a largo plazo que superen el tiempo en el que ellos prevén que estarán en la empresa.
  • Disparidad de normas según las comunidades autónomas.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *