Tipos de consumidor:empresas familias y gobierno

El sistema de mercado tiene fallos, es decir, el mercado no siempre funciona de forma eficiente y el Estado debe intervenir para tratar de solucionarlo.

El mercado puede funcionar de forma eficiente, pero también generar una distribución muy desigual de la renta.

La presencia de ciclos económicos puede ser suavizada gracias a la intervención estatal.

A raíz de los motivos mencionados, el sector público desarrolla dife- rentes funciones.

  • Función asignativa: el Estado trata de asignar correctamente los recursos en los que el mercado falla, busca fomentar la eficiencia económica allí donde el mercado, por sí solo, no lo logra.
  • Función distributiva: el Estado no busca la eficiencia sino la equi- dad; pretende una distribución más justa de la renta, trasladando rentas de las capas más favorecidas a las más necesitadas. Aquí se toman medidas tales como impuestos progresivos, subsidios de desempleo, salarios mínimos, ayuda y asistencia, etc.

  • Función estabilizadora: por medio de esta función el Estado trata de suavizar las fluctuaciones de la actividad económica. Se persi- gue controlar la inflación en las fases expansivas y corregir el desempleo en las recesivas.
  • Función reguladora: el Estado establece las reglas del juego que deben seguir los diferentes agentes económicos. Dichas reglas quedan establecidas mediante leyes que regulan, por ejemplo, el derecho a la propiedad privada, el salario mínimo que tenemos que pagar si somos empresarios, los derechos que tenemos como con- sumidor al comprar un producto, etc.
  • Función coordinadora: se trata de coordinar todas las funciones an- teriores, ya que en ocasiones estas pueden entrar en conflicto. El Estado puede, por ejemplo, querer subir los salarios mínimos para ayudar a los trabajadores, pero si eso se realiza en una fase de rece- sión, tal vez el empresario que está despidiendo gente, al recibir menos incentivos, tienda a no contratar si hay que pagar un mínimo más alto.
  • Y por último, como señala Samuelson en su manual de Economía, el Estado lleva a cabo una función de representación en el exterior. Aquí tendrían cabida los programas de ayuda internacional, los acuer- dos medioambientales y las medidas comerciales como los aranceles, las tareas de coordinación de las políticas macroeconómicas, etc.

El estado de bienestar se articula mediante tres tipos de prestaciones:

  • Prestaciones universales: son para todos, como la educación.

  • Prestaciones sociales: son para los más necesitados, como por ejemplo las viviendas de protección oficial.
  • Prestaciones contributivas: son para aquellos que previamente han cotizado para recibirlas (el subsidio de desempleo, las pensio- nes, etc.)

    La política fiscal se puede definir como el conjunto de variaciones de gastos y de ingresos del Gobierno, realizadas con el fin de ase- gurar los objetivos antes mencionados.


    3.1.Los ingresos públicos

    El sector público necesita recursos con los que realizar sus funciones. Los recursos que obtiene se denominan ingresos. Uno de los criterios más utilizados para su clasificación es hacerlo según el grado de vo- luntariedad con el que el sector privado transmite renta al sector pú- blico. Según dicho criterio, es posible diferenciar:

    • Ingresos ordinarios. El Estado obtiene ingresos del mismo modo que podría hacerlo cualquier individuo:
      • Los ingresos que se derivan de la gestión del patrimonio público.
      • Los ingresos que se obtienen por privatizaciones.
      • Los ingresos que proceden de operaciones de crédito.
      • Los ingresos obtenidos a partir de la venta de bienes y servicios que lleva a cabo el sector público.

    Los ingresos ordinarios fueron muy importantes en el pasado y constituyeron la principal fuente de ingresos. Sin embargo, en la actualidad el patrimonio que posee el Estado, así como los ingre- sos obtenidos a través de su gestión, tienen cada vez menos im- portancia.

    • Ingresos derivados. El Estado obtiene ingresos en función de su poder de coacción, es decir, a partir del poder que tiene para impo- ner ciertos pagos.
      • Multas, ya sean las de tráfico, las impuestas a una empresa por no respetar la normativa medioambiental o las multas impuestas a un empresario por no realizar los trámites necesarios para ejer- cer su actividad. Todas ellas son establecidas según su poder penal sancionador.
      • Tributos, que establece en función de su poder fiscal para gravar al sector privado.

    A continuación vamos a detallar los tributos, puesto que son la prin- cipal fuente de ingresos públicos. Dentro de ellos, los que más recau- dación suponen son los impuestos.

    Los tributos

    • Tasas: son precios públicos, como la tasa de expedición del pasa- porte. En ellas existe cierta voluntariedad y un beneficio personal directo.

    • Contribuciones especiales: tienen su origen en la financiación de las haciendas locales y se justifican en el beneficio que obtienen los particulares al llevarse a cabo las obras públicas, tales como alumbrado, pavimentación, etc. Debemos observar que en las tasas solo se beneficia la persona que paga la tasa, mientras que en las contribuciones especiales se benefician todos, el que las paga y el que no; así, un indigente que carece de recursos y, por tanto, no puede pagar nada, se beneficia del alumbrado público igual que cualquier otro ciudadano.
    • Impuestos: son la partida más importante de los ingresos. Se ca- racterizan por no incorporar contraprestación directa y por no guar- dar relación su cuantía con el beneficio obtenido por el particular. Así, una persona con elevados recursos podría pagar muchos im- puestos y no obtener nada del Estado, mientras que alguien que carezca de ellos podría no pagar nada o casi nada y obtener dife- rentes beneficios del Estado, como por ejemplo una beca o una vivienda.

    Los impuestos se pueden clasificar atendiendo a varios criterios.

      • Según el hecho imponible:
        • Impuestos directos. Gravan la renta o la riqueza de las personas y empresas en función de circunstancias económicas y fami- liares; permiten, por tanto, que quienes ganan o tienen más dinero paguen más que quienes tienen menos ingresos o rique- za. Los más representativos son el impuesto sobre la renta de las personas físicas, el impuesto de sociedades y el impuesto sobre el patrimonio. Todos ellos gravan la renta cuando se ob- tiene.
        • Impuestos indirectos. Gravan hechos concretos, como por ejemplo el consumo, con independencia de la identidad y las circunstancias de la persona que los realiza. Los paga todo el mundo por igual. El principal es el impuesto sobre el valor aña- dido (IVA). Todos ellos gravan la renta cuando se gasta.

      • Según el tipo impositivo:
        • Progresivos. Gravan más que, proporcionalmente, la capacidad económica de las personas.
        • Proporcionales. Gravan de manera proporcional la capacidad económica de las personas.
        • Regresivos. Gravan a todas las personas por igual, con inde- pendencia de la capacidad económica de cada una, lo que sig- nifica que quienes tienen más pagan lo mismo que los que tienen menos, con lo que aumenta la desigualdad entre las personas.
    • IVA (impuesto sobre el valor añadido)

    Es un impuesto indirecto que grava la adquisición de bienes y ser- vicios. Es proporcional y se articula en tres tramos diferentes.

      • IVA superreducido: se mantiene en el 4 % y se refiere a los pro- ductos de primera necesidad: pan, leche, medicinas, etc.
      • IVA reducido: en la actualidad se encuentra en el 10 %, si bien se subíó del 7 % al 8 % en Julio de 2010 a raíz de la crisis económica, y dos años más tarde (en Septiembre de 2012) se volvíó a incre- mentar hasta el 10 % actual. Este tipo se aplica a transportes, vivienda, material escolar, etc.
      • IVA general: al igual que el tramo anterior, este impuesto pasó en un primer momento del 16 % al 18 %, para subir en Septiembre de 2012 al tipo actual del 21 %. Aquí se incluye todo lo que no está integrado en las dos categorías previas, excepto algunas activi- dades que están exentas.


    El IVA supone siempre un impuesto que deben pagar los consumí- dores finales y nunca el empresario, que solo tiene la obligación de hacer la declaración trimestral del IVA, ya que quien lo paga es el cliente final.

    • IRPF (impuesto sobre la renta de las personas físicas)

    Es el impuesto directo más importante en lo que se refiere a recau- dación. Además, tiene carácter progresivo, es decir, impone un gra- vamen mayor a los que más tienen. Grava, como su propio nombre indica, las rentas obtenidas por los particulares. Como ya sabemos, las familias o economías domésticas obtienen rentas a través de los tres factores productivos: tierra, trabajo y capital. Es por esto por lo que el IRPF grava:

      • Las rentas que proceden del trabajo, sin que influya si es trabajo por cuenta propia o ajena.
      • Las rentas que proceden de la tierra, por ejemplo, alquileres que recibimos por un piso o una finca, etc.
      • Las rentas que proceden del capital, como los dividendos que podamos recibir por poseer acciones de una compañía determi- nada, los intereses que nos aporta un banco por tener nuestro dinero en un depósito fijo, etc.



    Las familias están obligadas a hacer la declara- ción de la renta todos los años. Para ayudar a los ciudadanos, la Agencia Tributaria les facilita el borrador con su declaración de la renta, además de poner a disposición de la sociedad expertos que nos ayuden a realizarla, diferentes teléfonos de atención y páginas de ayuda. El programa que utilizan nuestros padres para hacer la declaración de la renta se llama, curiosamente, programa PADRE.

    • IS (impuesto de sociedades)

    Es un impuesto directo que grava la obtención de beneficios por parte de las empresas. Es proporcional y se articula en dos cate- gorías principales. Las grandes empresas deben pagar el 30 % de sus beneficios en concepto de dicho impuesto, mientras que las pymes deben pagar el 25 %.


    España tiene un tipo de gravamen para este impuesto muy superior al del resto de países de la Uníón Europea; de hecho, nuestro 30 % actual supera en 7 puntos a la media de la UE,

    que se sitúa en 23,1 %. Lo que más lla- ma la atención es que, a pesar de ser de los países con un tipo impositivo alto, lo que recaudamos por medio de él nos sitúa entre los últimos paí- ses. Detrás de esta triste cifra se en-

    cuentra el fraude fiscal, que desarrollaremos al final de la unidad.

    • Impuestos especiales

    Son aquellos impuestos de carácter indirecto que gravan determi- nados consumos, en concreto aquellos que el Estado considera que pueden perjudicar la salud de los ciudadanos o el medioambiente. Los impuestos especiales son, por tanto, los que recaen sobre el alcohol, el tabaco, la electricidad y los hidrocarburos.



    Diremos que los PGE están equilibrados cuando los ingresos son igua- les a los gastos. Sin embargo, lo habitual no es que ambas magnitudes coincidan.

    • Si los ingresos fueran menores que los gastos, tendríamos que ha- blar de déficit.
    • Si, por el contrario, los ingresos superaran los gastos, hablaríamos de súperávit.

    Evidentemente, las autoridades se preocupan de la situación de défi- cit y más si este es estructural y no cíclico.



    El déficit cíclico es el que se produce cuando la economía está en recesión; tiene, por tanto, una dimensión temporal. Sucede porque al caer la actividad económica disminuye la recaudación de impuestos y aumenta el gasto público por subsidios de desempleo. Ahora bien, al estar asociado a la crisis, cuando esta termina se corrige.




    El déficit estructural o permanente se da y se acumula año tras año, incluso cuando la economía está bien, y resulta, por tanto, más alar- mante. Además, debemos diferenciar los conceptos de déficit y deu- da pública.

    Tratado de Maastricht

    El Tratado de Maastricht, o Tratado de la Uníón Europea, que entró en vigor en 1993, establece lo siguiente: el déficit de las Administracio- nes públicas en su conjunto debe ser menor o igual al 3 % del PIB, y el volumen de la deuda pública menor o igual al 60 %.

    Pacto de Estabilidad y Crecimiento

    El Pacto de Estabilidad y Crecimiento, firmado con posterioridad (1997) al Tratado de Maastricht, ratifica los mismos propósitos con respec- to al déficit y la deuda pública y persigue que, una vez que los países adopten el euro, se continúe con las mismas medidas fiscales y se respeten los denominados criterios de convergencia.

    Esto implica que, en función de los dos tratados mencionados, Espa- ña tiene un nivel de deuda pública muy por encima del permitido. Si analizamos a continuación el gráfico referido a la evolución del défi- cit, observamos cómo de nuevo en los últimos años de la serie anali- zada tampoco se cumplen los criterios, ya que alcanzamos un déficit que oscila entre el 6 % y el 11 %.


    Si un Estado miembro de la Uníón Europea no respeta estos límites se activa el denominado procedimiento de déficit excesivo. Este procedí- miento incluye la posibilidad de sanciones, a fin de motivar al Estado miembro a corregir dichas cifras. En las últimas reuniones, y de cara a la estrategia Europa 2020, se incluye una directriz relativa a la ca- lidad y viabilidad de las finanzas públicas. No obstante, dadas las di- ficultades de muchos de los países miembros para respetar dicho pacto (en 2002 y en 2006 se debatíó sobre el mismo), se introducen algunos supuestos que marcan cierta flexibilidad en los mismos, en la medida que permiten a los países alejarse temporalmente de los objetivos, considerar la situación del ciclo que estén atravesando y tomar más en cuenta la sostenibilidad de la deuda en el largo plazo que el déficit en sí.

    Los países deben esforzarse por tener sus cuentas públicas equilibradas, como se recoge en varios de los informes y tra- tados mencionados. Ahora bien, si un estado incurre en déficit,

    ¿de dónde puede obtener los recursos para financiarlo?, ¿cómo puede hacerlo?

    Destacamos a continuación las tres vías por las que los Gobier- nos financian el déficit. Veamos cada una de ellas por separado.

    • Emisión del dinero o monetización del déficit

    La monetización del déficit refuerza la política fiscal ex- pansiva (ver apartado 5). Consiste en emitir más dinero para, de esta forma, hacer frente al déficit. El problema que tiene esta medida es que genera inflación, la cual acaba actuando como un impuesto del que se beneficia el Estado y que perjudica al crecimiento a largo plazo. La cruda rea- lidad vivida por algunos países que han aplicado esta me- dida en diferentes momentos, como Alemania o Argentina, justifican que desde 1993 la monetización del déficit esté prohibida y que desde 1994 el Gobierno no pueda intervenir en la política monetaria.

    • Impuestos

    Si el Estado decide financiar el déficit que tiene mediante impuestos se está perjudicando a la generación presente, ya que los impuestos se pagan hoy y los beneficios de ellos de- rivados se disfrutan hoy y mañana.

    • Emisión de deuda pública


    La monetización del déficit queda prohibida por el artículo 104 del Tratado de la Uníón Europea.


    Por último, el Estado puede financiar su déficit mediante la emisión de deuda pública, es decir, el Estado consigue el dinero necesario vendiendo títulos de deuda pública a otros agentes económicos. Los estudios muestran que la mayor parte de la deuda pública es adquirida por las familias que, al poseer estos títulos, se sienten más ricas y consumen más, lo que potencia la política fiscal expan- siva que provoca el déficit.

    La emisión de deuda para financiar el déficit ocasiona los siguientes inconvenientes:

      • Supone una carga para las generaciones venideras, ya que esta deuda genera intereses que deberán ser abonados en el futuro.
      • Contradice el objetivo de redistribución de la renta a favor de los menos favorecidos, ya que esa deuda la adquieren los que tienen recursos, y luego será a ellos a quien el Estado tenga que com- pensar, pagándoles intereses.
    Si el dinero privado se destina a financiar el sector público, no está disponible para financiar el sector privado

  • 5.1.Política fiscal expansiva

    Cuando el Gobierno aplica una política fiscal expansiva puede aumen- tar el gasto público o reducir los impuestos. Con ambas medidas con- seguirá estimular la demanda agregada, moverla gráficamente hacia la derecha. El aumento del gasto público tiene un efecto directo sobre dicha demanda, dado que esta es igual a la suma de consumo, inver- sión, gasto público y exportaciones netas. Si se lleva a cabo median- te una reducción de impuestos, al disminuir estos aumenta el consu- mo que realizan generalmente las familias y aumentan las inversiones de las empresas. De ambas formas se consigue un incremento de la demanda agregada y, por tanto, de la producción y del empleo. ¿Tiene alguna consecuencia o efecto no deseado? Lo cierto es que sí. Las políticas fiscales expansivas generan inflación y déficit.

     
      


    5.2.Política fiscal contractiva

    En caso contrario, cuando el Gobierno lleva a cabo una política fiscal contractiva, puede disminuir el gasto público o aumentar los impues- tos. Con cualquiera de las dos medidas conseguirá reducir la deman- da agregada, moverla gráficamente hacia la izquierda. De hecho, la disminución del gasto público tiene un efecto directo sobre esta de- manda y, además, si se hace mediante una subida de impuestos, al aumentar estos disminuyen el consumo de las familias y las inversio- nes de las empresas. De ambas formas se consigue una reducción de la demanda agregada y, por tanto, de los precios. ¿Tiene alguna con- secuencia o efecto no deseado? Si hemos entendido bien ambas po- líticas, observamos que la política fiscal contractiva genera una dis- minución de la producción y del empleo como efectos negativos.

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