La Central de Alarma: Conexión y Funcionamiento
Cuando se contrata un sistema de alarma con una empresa de seguridad, se establece una doble conexión:
- En el mismo inmueble donde se prestan los servicios, al que van conectados los elementos activos o electrónicos (detectores).
- Conexión con una central receptora privada, cuyo objetivo será verificar que todo se encuentra en orden. El personal de esta central privada estará compuesto por el número de operadores necesarios en relación con las conexiones contratadas, sin que en ningún caso pueda ser inferior a dos por turno ordinario de trabajo.
Por central receptora de alarma entendemos un espacio debidamente acondicionado para recibir las distintas señales que emitan los dispositivos y sistemas de alarmas que estén conectados a dicho centro.
Los operadores de la central privada receptora podrán llamar o contactar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (FF.CC.S.). Sin embargo, la verificación personal y de respuesta corresponde a los Vigilantes de Seguridad (VS) y Guardas Rurales.
Servicios de Respuesta ante Alarmas de Vigilantes de Seguridad
Los servicios de respuesta ante alarmas que prestan los vigilantes de seguridad podrán comprender:
- El depósito y custodia de las llaves de los inmuebles u objetos.
- El desplazamiento al lugar del que provenga la alarma para comprobarla o verificarla, con autorización del titular del inmueble.
- Dar acceso a los servicios policiales o de emergencias cuando las circunstancias lo requieran.
Los locales que alojen los centros de control, dentro de las centrales de alarmas, habrán de reunir una serie de características especiales.
La instalación y el mantenimiento se ajustarán a lo que haya elaborado previamente un ingeniero acreditado.
Falsa Alarma y Alarma Real
Falsa alarma es toda aquella que no está ocasionada por hechos susceptibles de producir la intervención policial.
Alarma real es la que está basada en hechos que pueden dar lugar a la intervención policial.
Desconexión por Falsas Alarmas
Dos o más alarmas en el plazo de un mes conllevan que el jefe superior de policía o comisario principal requiera o aperciba al titular de los bienes para que subsane el defecto en un plazo no superior a 72 horas. Si persiste el incumplimiento, se podrá proceder a la desconexión por un plazo máximo de un año. A partir de la tercera desconexión, esta se convertirá en definitiva.
Verificación de las Alarmas
La verificación de alarmas se refiere a la obligación que tienen las centrales de poner en marcha los procedimientos técnicos o humanos para, posteriormente, comunicar a los servicios policiales las alarmas reales producidas.
Tipos de Verificación: Personal y de Respuesta
Por lo que se refiere a la verificación personal o de respuesta, debemos distinguir:
Servicio de Verificación Personal
Se producirá mediante la inspección del local o locales. Esta posibilidad de entrar en los inmuebles deberá contar con la autorización expresa del titular de los mismos. Esto se hará siempre por escrito en el correspondiente contrato de prestación de servicio.
Servicio de Respuesta (Servicio Acuda)
Primeramente, se trasladarán las llaves de los inmuebles del que procediera la alarma para facilitarlas, junto con la información de la que se disponga sobre el posible delito, a las FF.CC.S. En este caso, el vigilante de seguridad no entrará en el interior del inmueble, pero esperará la llegada de la policía, siendo sus agentes los que entren en el inmueble. Este servicio se denomina servicio acuda.
El Enlace con las FF.CC.S.
Además de los sistemas de verificación anteriores, las centrales de alarma podrán llamar a los teléfonos que el titular de la instalación les haya facilitado con la finalidad de comprobar la veracidad de la señal de alarma recibida.
No obstante, la alarma se considerará automáticamente confirmada y se avisará desde la central a las FF.CC.S. cuando, al llamar por teléfono al lugar protegido, la persona que conteste no facilite la contraseña o dé una errónea.
También puede contemplarse por escrito que el contacto se efectúe mediante un teléfono móvil no ubicado en el lugar a proteger.
Factores para la Comunicación de Alarmas a las FF.CC.S.
La alarma que se comunique deberá haber sido siempre confirmada. La alarma confirmada se referirá a una alarma real. Para mejorar la eficacia de la respuesta, toda comunicación de alarmas a las FF.CC.S. deberá especificar:
- Los datos exactos del lugar en que se ha producido la alarma.
- Las zonas que se han activado y su ubicación concreta.
- Los datos del titular del servicio contratado y cuantos otros le sean requeridos para poder contactar con el mismo.
Recopilación por Escrito de Alarmas Producidas
Se consignarán por escrito en el parte de servicios, tanto si son reales como falsas.
Tipos de Inmuebles o Recintos de Prestación de Servicios
Las empresas de seguridad podrán contratar con personas físicas individuales, con personas jurídicas y también con una administración pública.
Categorías de Usuarios en Inmuebles Protegidos
En los inmuebles protegidos, podemos distinguir distintas categorías de usuarios:
- Visitantes
- Trabajadores
- Cargos públicos (en los supuestos que proceda).
El RSP 2364/1994 permite también prestar servicios.
Servicios en Domicilios
Por domicilio entendemos el lugar donde se desenvuelve la vida privada y la intimidad de las personas. En estos casos, el vigilante evitará en lo posible las injerencias en la vida privada y la intimidad.