Instrumentos de Política Comercial: Defensa y Regulación de Importaciones y Exportaciones

Este documento tiene como objetivo informar a los exportadores de la Unión Europea (UE) sobre los instrumentos de defensa comercial y sus implicaciones, así como facilitar su participación en este tipo de procedimientos con el fin de lograr una mejor defensa de sus derechos e intereses comerciales en terceros países. Incluye también los contactos directos de los servicios competentes en la Comisión Europea y en los Estados Miembros que podrán prestarles la asistencia que necesiten.

1. Instrumentos de Defensa Comercial

1.1. Medidas Antidumping y Antisubvenciones

El dumping se produce cuando una mercancía se exporta a un precio inferior a su valor normal en el mercado del país exportador, o por debajo de su coste de producción. Para contrarrestarlo, se pueden incrementar los derechos sobre la importación de dicho producto.

Las subvenciones se conceden a los productos de tal forma que las exportaciones resultan más baratas, lo que puede llevar a un incremento de los derechos sobre la importación para nivelar las condiciones de competencia.

1.2. Medidas de Vigilancia y Salvaguardia

Las medidas de vigilancia implican el seguimiento de ciertas importaciones de productos sensibles. La cláusula de salvaguardia permite limitar el valor o la cantidad de importaciones de un producto por motivos específicos, como, por ejemplo, las medidas aplicadas por la UE a las importaciones de plátano europeo.

1.3. Reglamento sobre Obstáculos al Comercio

Este es un instrumento de defensa de la Comunidad Europea dirigido contra prácticas comerciales ilícitas. Dota a la Comunidad de un procedimiento que permite responder a prácticas comerciales ilegales, con el objetivo de eliminar los perjuicios provocados y salvaguardar las exportaciones comunitarias a países terceros.

1.4. Medidas de Política Comercial Aplicables por la Comunidad Europea

La Comunidad Europea puede aplicar diversas medidas de política comercial, entre las que se incluyen:

  • Supresión de concesiones: Eliminar cualquier concesión derivada de negociaciones comerciales previas.
  • Aumento de derechos de aduanas: Incrementar los aranceles o establecer otros gravámenes sobre las importaciones o exportaciones.
  • Restricciones cuantitativas: Establecer limitaciones en la cantidad de productos importados o exportados, u otras medidas que modifiquen las condiciones de importación/exportación.

2. Medidas de Política Comercial Orientadas a las Importaciones

  • Exacciones variables a las importaciones: Acción y efecto de exigir impuestos, prestaciones, multas o deudas sobre las importaciones.
  • Controles y prohibiciones a las importaciones: Implican la prohibición total o un estricto control sobre ciertos productos de determinados países que requieren mayor precaución en el comercio.
  • Licencias de importación: Procedimiento administrativo que requiere la presentación de una solicitud u otra documentación (distinta de la necesaria a efectos aduaneros) al órgano administrativo pertinente, como condición previa para efectuar la importación de mercancías.
  • Normas de origen: Son esenciales en el comercio internacional, ya que muchas políticas e instrumentos comerciales varían en función del país de origen, desde las medidas de defensa comercial hasta los contingentes y, fundamentalmente, los derechos arancelarios.
  • Políticas gubernamentales de compra: Reglas burocráticas que dificultan la entrada de las importaciones a un país, beneficiando a los productores nacionales y perjudicando a los consumidores, a quienes se les niega el acceso a productos extranjeros de mejor calidad.
  • Normas técnicas: Son especificaciones científicas que deben incorporar los diferentes productos objeto de comercialización, tanto en el mercado interno como en el internacional. Su objetivo es preservar la vida y la salud de las personas, los animales y las plantas, así como proteger el medio ambiente y la seguridad.
  • Medidas sanitarias y fitosanitarias: Normas de transparencia y no discriminación en el uso de medidas sanitarias (relacionadas con la salud humana, la prevención del contagio de enfermedades y el buen estado de los productos alimenticios) y fitosanitarias (orientadas a la precaución y el cuidado de vegetales y plantas, y la prevención de contagios masivos o epidemias).
  • Comercio de compensación: Es un acuerdo contractual por el que las mercancías exportadas son pagadas parcialmente en divisas y en productos. Las partes intercambian bienes por bienes o divisas convertibles, lo que puede implicar el uso de dinero, salvo cuando se trata de compensación total. En caso de compensación triangular, el exportador recibe divisas de un tercer país que es deudor del importador original.
  • Impuestos indirectos sobre importaciones: Las importaciones están sujetas al pago del derecho ad valorem (6%), que se calcula sobre su valor CIF (costo de la mercancía + prima del seguro + valor del flete de traslado). El IVA (19%) se calcula sobre el valor CIF más el derecho ad valorem. En algunos casos, dependiendo de la naturaleza de la mercancía (por ejemplo, objetos de lujo, bebidas alcohólicas), se requiere pagar impuestos especiales. Las mercancías usadas, en los casos en que se autoriza su importación, pagan un recargo adicional del 3% sobre su valor CIF, además de los tributos a los que están sujetas, según su naturaleza.

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