Valoración Aduanera: Ajustes y Normativa
Ajustes al Valor en Aduana (VA)
Conceptos que se Incluyen (SI) en el Valor en Aduana (VA)
- Canon (Artículo 8.1.c)
- Valor reducido, gratuito (Artículo 8.1.b)
- Herramientas, moldes, matrices
- Consumo en la producción
- Creación afuera (asistencia técnica, ingeniería, etc.)
- Comisión de venta (Artículo 8.1.a.i)
- Almacenamiento
- Regalía
- Cantidad descuento
- Pago contado, anticipado
- Calidad comercial
- Envases, embalaje
- Descuento
Conceptos que NO se Incluyen en el Valor en Aduana (VA)
- Tránsito país importador
- Asistencia destino
- Comisión de compra
- Intereses
- Derechos de reproducción
- Intereses diferidos
- Factura anterior
Normativa Legal Aplicable
Decreto 1330/04, Código Aduanero (CA), Resoluciones Aduaneras en vigencia.
Fórmula de Valoración
VA: CIF + AI – AD
Cálculo de Tributos y Regímenes Especiales
Cálculo de Tributos sobre el Valor en Aduana
El cálculo se realiza sobre la base imponible compuesta por los Derechos de Importación (DI) más la Tasa de Estadística (TE).
Base IVA = DI + TE
Tributos Adicionales:
- IVA 21%
- IVA 20% (Adicional)
- Ganancias 6%
- Ingresos Brutos (puede ser 2,5% en convenio multilateral o 3%)
- Multa
Nota: La suma de todos los porcentajes desde el IVA 21% en adelante determina el total tributado.
Regímenes Temporales
- Temporal sin transformación: No se aplican Ingresos Brutos ni Ganancias (se aplica 11% en concepto de garantía). Si hay transformación, se aplican Derechos Aduaneros (DA).
- Temporal con transformación: Se aplica DI y AD (2% por mes).
Cálculo del Ajuste de Valor (AD)
Ejemplo: AD del 2% de 300.
Cálculo: (2 / 100) + 1 = 1,02. Luego, 300 / 1,02. Al resultado, se lo multiplica por 2%.
Bienes de Uso
No se aplica Tasa de Estadística (TE). No se aplica Ganancias. IVA reducido (10,5% y 10%).
NALADISA y Preferencias
NALADISA: DI por preferencia que queda dividido 100.
Mercosur
Argentina, Perú, Paraguay, Brasil. No paga Tasa de Estadística (TE) ni Derechos de Exportación (DE).
Incoterms 2020 (Términos de Comercio Internacional)
- FAS (Free Alongside Ship): Costado del buque.
- FCA (Free Carrier): Libre transportista (Avión y tren).
- FOB (Free On Board): Mercancía a bordo.
- CFR (Cost and Freight): Costo más flete internacional.
- CPT (Carriage Paid To): CFR para camión.
- CIF (Cost, Insurance and Freight): Costo, seguro y flete.
- CIP (Carriage and Insurance Paid To): CIF para cualquier medio.
- DAT (Delivered at Terminal): Costo, seguro, flete más descarga.
- DDP (Delivered Duty Paid): Todo incluido (entrega con derechos pagados).
Destinaciones Aduaneras y Plazos
Plazos y Multas
- Ignorando Contenido: Dentro de 10 días se puede solicitar más tiempo, 25 días en total, o 1% del Valor en Aduana (VA) de multa.
- Garantía Documentación Complementaria: 1% del VA.
- Plazo para Destinar: 15 días desde el arribo, o 1% del VA de multa.
Plazos de Suspensión (Régimen Temporal)
- Bienes de capital: 3 años.
- Contenedores: 8 meses.
- Feria: 1 año.
- Transformación: 2 años.
Plazos de Entrega DAP
- Vía acuática: 5 días.
- Vía aérea: 24 horas.
- Vía terrestre: Al día siguiente.
Códigos de Destinación de Importación a Consumo (IC)
- IC01: Importación a Consumo sin documento de transporte.
- IC02: Importación a Consumo de mercancía bajo régimen de solicitud previa.
- IC03: Importación a Consumo de mercancía vía terrestre en envíos fraccionados.
- IC04: Importación a Consumo con documento de transporte.
- IC05: Importación a Consumo con documento de transporte DAP.
- IC06: Importación a Consumo con envío sobre depósito de almacenamiento.
- IC07: Importación a Consumo régimen automotriz con documentación.
- IC21: Retorno de Exportación Temporal con transformación sin documento de transporte.
- IC24: Retorno de Exportación Temporal con transformación con documento de transporte.
Códigos de Destinación de Importación Temporal (IT)
- IT01: Importación Temporal sin transformación sin documento de transporte.
- IT03: Importación Temporal sin transformación vía terrestre, envío fraccionado.
- IT04: Importación Temporal sin transformación con documento de transporte.
- IT05: IT04 más DAP.
- IT06: Importación Temporal sin transformación sobre depósito de almacenamiento.
- IT07: Régimen automotriz con documento de transporte.
- IT13: Importación Temporal con transformación sin documento de transporte.
- IT14: Importación Temporal para transformación con documento de transporte.
Otras Destinaciones
- IDA4: Importación Suspensiva de Depósito de Almacenamiento.
Clasificación Arancelaria: Reglas Generales Interpretativas (RGI)
El orden de aplicación es: Primero partida, después nota legal y, por último, sección.
Jerarquía de Clasificación
- Texto de la partida (nunca falta).
- Nota legal (Regla 1 por nota…).
- Nota de sección.
- PARTIDA.
Reglas Generales Interpretativas (RGI)
RGI 3 A: Especificidad
Cuando no existe ninguna nota legal y se duda entre dos partidas, se determina la más específica, principalmente si se trata de una sola manufactura.
RGI 3 B: Carácter Esencial
Aplica a manufacturas con diferente material constitutivo. Se determina por lo esencial. También aplica a juegos o surtidos (un producto que viene con algo que lo complementa).
RGI 3 C: Último en Orden Numérico
Si las reglas 3A y 3B no permiten clasificar, se opta por la partida que figure en último lugar por orden numérico.
RGI 5 A: Estuches y Envases
Se clasifica por la esencialidad del producto. Ejemplo: Se clasifica la guitarra y no el estuche, si este es de uso normal y se vende con ella.
RGI 5 B: Envases Descartables
Envases que sean o no descartables. Ejemplo: La gaseosa se clasifica por la gaseosa y no por el envase.
Clasificación por Especie
- Especie porcina: Genérico.
- Caballos: Nominal.
- Los demás animales vivos: Residual.
Regla 6: Subpartidas
Se aplican las Notas Legales de subpartida. Se deben poner el texto de la subpartida y el texto de la subpartida de dos guiones. SUBPARTIDA.
Complementos de Clasificación
Notas legales complementarias, RGIC (Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura Común del Mercosur), Nota Ley Complementaria, ÍTEM REGIONAL.
Procedimientos y Estructura del SIM
Estructura de la Declaración (SIM)
El SIM (Sistema Informático Malvina) se compone de:
- Primer ítem 1.
- Segundo ítem 2.
- Tercero el 3.
Se indica: RGI más 6.1.
Estructura de la Declaración Aduanera
Ejemplo de Nomenclatura: Año: 16 / Aduana 001 / Tipo Destinación / Nº 6 números / DC A
Vía: Acuático, Aéreo, Terrestre.
Documento de Transporte: Número BL o CRT.
Unidad/Estado: Nuevo, Usado.
Precio Unidad: Cantidad unidades por FOB.
Subítem
Es la desagregación de mercaderías que, cumpliendo las condiciones de un ÍTEM, posean al menos una de las siguientes características distintas:
- Marca, Modelo y/o Versión.
- Valores Unitarios.
- Sufijos de Valor.
Sufijos de Valor (SVE)
En caso de optar por no seleccionar algún SUFIJO de un grupo del tipo C, P, S o N, deberán mencionarse las letras pertenecientes al nivel y grupo, acompañadas de dos dígitos numéricos iguales a CERO (00).
Consideraciones Finales sobre Gastos y Garantías
Gastos: En la liquidación, los gastos de ítem y otros (como SIM 10 y digitalización 28, o multa) se incluyen en la base de cálculo.
Vencimiento: En vencimiento de embarque y plazo, no se indica nada.
Flete y Seguro: Se incluye el costo internacional.
Régimen Temporal: Se garantiza el total de los tributos, pero solo se paga el SIM y la digitalización.
Om: AA(ll) = marca.