Marco Regulatorio del Anexo II: Cumplimiento y Operación de Servicios ATM/ANS
Subparte A: Requisitos Generales para Proveedores ATM/ANS
La Subparte A del Anexo II establece los requisitos generales que deben cumplir todos los proveedores de servicios ATM/ANS, con independencia del tipo de servicio prestado. Su objetivo es garantizar que los proveedores operan de forma segura, organizada y conforme a un sistema de gestión estructurado, alineado con los principios del Cielo Único Europeo.
Estructura Organizativa y Recursos
En primer lugar, se exige que el proveedor disponga de una estructura organizativa claramente definida, con responsabilidades y autoridades bien delimitadas. Esto asegura que el personal implicado en la prestación de los servicios es:
- Competente y está adecuadamente formado.
- Suficiente en número.
Asimismo, el proveedor debe contar con recursos técnicos y financieros adecuados para garantizar la continuidad y fiabilidad del servicio.
Sistema de Gestión y Seguridad Operacional
Un elemento central de esta subparte es la implantación de un Sistema de Gestión, que integre la gestión de la seguridad, la calidad y, cuando proceda, la seguridad de la información. Este sistema debe permitir:
- Identificar peligros y evaluar riesgos.
- Implantar medidas de mitigación.
- Supervisar de forma continua el nivel de seguridad operacional.
Además, se requiere que el proveedor disponga de procedimientos documentados, controle los cambios operativos y mantenga registros que permitan demostrar el cumplimiento de los requisitos reglamentarios.
Finalmente, la Subparte A establece la obligación de cooperación con la autoridad competente, facilitando el acceso a la información necesaria para la supervisión, y de notificar sucesos relevantes que puedan afectar a la seguridad o a la prestación del servicio.
Subparte B: Requisitos para Autoridades Competentes
La Subparte B define los requisitos aplicables a las autoridades competentes designadas por los Estados miembros para la certificación y supervisión de los proveedores de servicios ATM/ANS. Su finalidad es garantizar que estas autoridades actúan de forma independiente, eficaz y coherente en todo el territorio europeo.
Organización e Independencia Funcional
Las autoridades competentes deben contar con una estructura organizativa adecuada, personal cualificado y recursos suficientes para ejercer sus funciones. Se exige una separación clara entre las actividades de supervisión y cualquier otra función que pueda generar conflictos de interés, garantizando la independencia funcional de la autoridad.
Funciones Principales de Supervisión
Entre sus funciones principales se encuentran:
- La certificación de proveedores.
- La recepción de declaraciones, cuando proceda.
- La supervisión continua del cumplimiento de los requisitos del reglamento.
Para ello, la autoridad debe establecer procedimientos de supervisión, realizar auditorías, inspecciones y evaluaciones, y adoptar medidas correctoras en caso de incumplimiento. Estas medidas pueden incluir restricciones operativas, suspensión o revocación de certificados.
Asimismo, la Subparte B exige que las autoridades cooperen entre sí y con la EASA, intercambiando información relevante para garantizar una aplicación armonizada del reglamento en toda la Unión Europea.
Subparte C: Requisitos Específicos para la Prestación de Servicios ATM/ANS
La Subparte C es la más extensa y detallada del Anexo II, ya que desarrolla los requisitos específicos aplicables a los proveedores de servicios ATM/ANS. Su objetivo es asegurar que la prestación de estos servicios se realiza de forma segura, continua y conforme a estándares comunes en toda Europa.
Gestión de la Seguridad Operacional
En primer lugar, se establecen los requisitos relativos a la gestión de la seguridad. El proveedor debe implantar un Sistema de Gestión de la Seguridad plenamente integrado en su organización, que permita identificar peligros, evaluar y mitigar riesgos, gestionar cambios operativos y garantizar la mejora continua del nivel de seguridad. Este sistema debe abarcar tanto las operaciones normales como las situaciones anómalas o de emergencia.
Personal, Formación y Competencia
La subparte también regula los aspectos relacionados con el personal, exigiendo que todo el personal implicado en la prestación del servicio sea competente, esté adecuadamente formado y habilitado, y mantenga su competencia a lo largo del tiempo. Se incluyen requisitos sobre:
- Formación inicial.
- Formación continua.
- Evaluación periódica del personal.
Sistemas, Equipos y Gestión del Cambio
Otro bloque fundamental es el relativo a los sistemas y equipos utilizados para la prestación de los servicios ATM/ANS. El proveedor debe garantizar que estos sistemas son adecuados para su finalidad, están correctamente mantenidos y operan dentro de los niveles de rendimiento y fiabilidad requeridos. Además, cualquier modificación significativa de sistemas o procedimientos debe ser evaluada previamente mediante un proceso de gestión del cambio.
Continuidad del Servicio y Gestión de Datos
La Subparte C también aborda la continuidad del servicio, exigiendo que los proveedores dispongan de planes de contingencia y procedimientos de recuperación que permitan mantener o restablecer el servicio en caso de fallos técnicos, incidentes graves o situaciones de emergencia. Estos planes deben ser probados periódicamente para verificar su eficacia.
Asimismo, se incluyen requisitos sobre la gestión de la información y de los datos, asegurando su integridad, disponibilidad y protección frente a accesos no autorizados. Esto resulta especialmente relevante en un entorno ATM cada vez más digitalizado e interconectado.
Por último, la Subparte C refuerza la obligación de cooperación operativa entre proveedores de servicios, usuarios del espacio aéreo y autoridades, así como la necesidad de notificar sucesos y compartir información relevante para la seguridad. Todo ello contribuye a garantizar una prestación armonizada y segura de los servicios ATM/ANS en el marco del Cielo Único Europeo.
