Modelo de Carta de Encargo para Procedimientos Acordados sobre Información Financiera (NISR)

Cartas de Encargo para Procedimientos Acordados y Terminología de Auditoría (NIA)

Introducción y Adaptación de la Carta de Contratación

La siguiente carta sirve como referencia, si bien no pretende ser un modelo estándar. Su contenido debe adaptarse de acuerdo con los requerimientos y circunstancias concretas de cada caso.

Modelo 1: Carta de Contratación de Procedimientos Acordados sobre Información Financiera

Dirigido a: [Indicar destinatario]

Esta carta tiene por objeto confirmar nuestro entendimiento de los términos y objetivos del trabajo, así como la naturaleza y limitaciones de los servicios que prestaremos, de acuerdo con la Norma Internacional sobre Servicios Relacionados (o bien incluir referencias a las normas o prácticas nacionales correspondientes) aplicable a “Trabajos para Realizar Procedimientos Acordados Sobre Información Financiera”, y así lo indicaremos en nuestro informe.

Hemos acordado realizar los siguientes procedimientos e informar sobre los hechos concretos detectados en nuestro trabajo:

  • (Describir la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos que deben realizarse, incluyendo referencia específica, donde sea aplicable, la identificación de los documentos y registros a examinar, el personal que debe ser contactado, y entes de los cuales se obtendrán confirmaciones).

Los procedimientos que realizaremos tienen la única finalidad de ayudarles en (indicar el propósito).

El informe que emitiremos será exclusivamente para su información y no podrá ser utilizado para algún otro propósito. Los procedimientos que aplicaremos no constituyen una auditoría, ni una revisión, realizada de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría o las Normas Internacionales de Trabajos de Revisión (o bien incluir referencia a las normas o prácticas nacionales correspondientes) y, en consecuencia, no expresaremos opinión alguna.

Esperamos poder contar con la cooperación total del personal de la empresa, así como el suministro de todos los registros, documentos y demás informaciones requeridas para llevar a efecto el trabajo en cuestión. Nuestros honorarios serán facturados a medida que se vaya realizando el trabajo, y se basan en el tiempo empleado por el personal asignado al trabajo, más los gastos en que se incurran. Las tarifas por hora individual varían de acuerdo con el grado de responsabilidad involucrado y la experiencia requerida del personal asignado al trabajo.

Favor firmar y regresar la copia adjunta de esta carta en señal de su conformidad y entendimiento de los términos y condiciones contratados, incluyendo los procedimientos concretos en los que hemos acordado que sea realizado.

Contador Público (Firma)

Acepto los términos de esta contratación, (Firma Representante Legal de la empresa)

Modelo 2: Carta de Encargo de Procedimientos Acordados (Versión NISR)

La carta de encargo que figura a continuación puede utilizarse como referencia, junto con las consideraciones incluidas en el párrafo 9 de esta NISR. Su contenido debe adaptarse de acuerdo con los requerimientos y circunstancias concretas de cada caso.

Al Consejo de Administración o al órgano correspondiente que contrata al auditor.

Esta carta tiene por objeto manifestarles nuestro entendimiento de los términos y objetivos de nuestro encargo, así como la naturaleza y limitaciones de los servicios que nos disponemos a prestarles. Nuestro encargo será realizado de acuerdo con la Norma Internacional sobre Servicios Relacionados (o bien incluir referencias a las normas o prácticas nacionales correspondientes) aplicable a «Encargos para realizar procedimientos acordados sobre información financiera», y así lo indicaremos en el informe.

Hemos acordado realizar los procedimientos mencionados a continuación e informar sobre los hechos concretos detectados en nuestro trabajo:

  • (Descripción de la naturaleza, calendario y alcance del trabajo a realizar, incluida referencia específica, en su caso, a los documentos y registros a examinar, individuos con los que se contactará y terceras personas de las que se obtendrán confirmaciones).

Los procedimientos que aplicaremos tienen la única finalidad de ayudarles en (indicar el propósito).

Nuestro informe se elabora exclusivamente para su información y no podrá ser utilizado para ningún otro propósito. Los procedimientos que aplicaremos no constituyen una auditoría, ni una revisión, realizada de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría o las Normas Internacionales de Encargos de Revisión (o bien incluir referencias a las normas o prácticas nacionales correspondientes) y, en consecuencia, no expresaremos opinión alguna.

Esperamos poder contar con la cooperación total del personal a su servicio, y confiamos en que se pongan a nuestra disposición todos los registros, documentación y otra información solicitada en relación con nuestro encargo. Nuestros honorarios, que serán facturados a medida que se vaya realizando el trabajo, se basan en el tiempo empleado por las personas asignadas al encargo, más los gastos en que incurran. Las tarifas horarias varían de acuerdo con el nivel de responsabilidad, experiencia y competencia del personal asignado al trabajo.

Les rogamos firmen y nos devuelvan la copia adjunta a esta carta en señal de conformidad con los términos y condiciones contratados, incluyendo los procedimientos concretos cuya realización hemos acordado.

Firma.

Conformidad en representación de la empresa (nombre, cargo y fecha)

Terminología Clave de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA)

NIA 260: Comunicación con los Responsables del Gobierno de la Entidad

Responsables del gobierno de la entidad:
Persona o personas u organizaciones (por ejemplo, una sociedad que actúa como administrador fiduciario) con responsabilidad en la supervisión de la dirección estratégica de la entidad y con obligaciones relacionadas con la rendición de cuentas de la entidad. Ello incluye la supervisión del proceso de información financiera.
Dirección:
Persona o personas con responsabilidad ejecutiva para dirigir las operaciones de la entidad. En algunas entidades de determinadas jurisdicciones, la dirección incluye a algunos o a todos los responsables del gobierno de la entidad, por ejemplo, los miembros ejecutivos del consejo de administración o un propietario-gerente.

NIA 265: Comunicación de Deficiencias en el Control Interno

Deficiencia en el control interno:
Existe una deficiencia en el control interno cuando:
  1. Un control está diseñado, se implementa u opera de forma que no sirve para prevenir, o detectar y corregir, incorrecciones en los estados financieros oportunamente; o
  2. No existe un control necesario para prevenir, o detectar y corregir, oportunamente, incorrecciones en los estados financieros.
Deficiencia significativa en el control interno:
Deficiencia o conjunto de deficiencias en el control interno que, según el juicio profesional del auditor, tiene la importancia suficiente para merecer la atención de los responsables del gobierno de la entidad.

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