Normas Esenciales de Auditoría: Profesionalismo, Evidencia y Dictamen Financiero

La Polar

210. Entrenamiento Técnico y Capacidad Profesional del Auditor Independiente

01. La primera norma general establece:

«La auditoría debe ser efectuada por personas que tengan el adecuado entrenamiento técnico y la capacidad profesional como auditor».

02. Esta norma reconoce que, por muy capaz que sea la persona en otros campos, no puede satisfacer las normas de auditoría sin una educación y una experiencia adecuadas en el campo de la auditoría.

03. El auditor independiente se representa a sí mismo frente al público como una persona que posee pericia en contabilidad y auditoría. La consecución de esta pericia comienza con la educación formal del auditor y se acumula con su experiencia posterior. El auditor independiente debe tener una capacitación adecuada para cumplir las exigencias de un profesional. El auditor que recibe la responsabilidad final del compromiso debe ejercer un juicio ponderado en sus distintos grados de supervisión y revisión del trabajo hecho, así como del juicio que ejerzan sus subordinados, quienes, a su vez, deben cumplir la responsabilidad inherente a las distintas etapas y funciones de su trabajo.

04. Cada auditor que ejerce autoridad en un cometido debe sopesar estos atributos al determinar el alcance de su supervisión sobre los subordinados y de su revisión del trabajo de estos. El profesional ha de estudiar, comprender y aplicar los nuevos pronunciamientos sobre principios de contabilidad y sobre procedimientos de auditoría en la medida que los emitan los organismos competentes.

05. El auditor se atiene a auditar y a informar con base en los estados financieros de una actividad comercial porque, a través de su capacitación y experiencia, ha adquirido destreza en contabilidad y auditoría y porque ha desarrollado la capacidad de considerar objetivamente y de ejercer un juicio independiente respecto a la información registrada en los libros de cuentas o que de otro modo revele su propia auditoría.

326. Evidencia Comprobatoria

01. La tercera norma relativa a la ejecución del trabajo establece lo siguiente:

«Se obtendrá material de prueba suficiente y competente, por medio de la inspección, observación, indagación y confirmación, para lograr una base razonable y así poder expresar una opinión sobre los estados financieros que se examinan».

02. Gran parte del trabajo del auditor independiente, para formular su opinión sobre los estados financieros, consiste en obtener y evaluar evidencia comprobatoria pertinente sobre las afirmaciones contenidas en tales estados financieros. El grado de validez de aquella evidencia, para los efectos de auditoría, descansa en el criterio del auditor; a este respecto, la evidencia de auditoría difiere de la evidencia legal, la cual está reducida a normas rígidas.

Las Afirmaciones de la Administración

Los procedimientos de auditoría tienen por objeto recabar evidencia relativa a las afirmaciones implícitas que hace la gerencia y que están contenidas en los estados financieros. El auditor debe relacionar cada una de estas afirmaciones con los riesgos y obtener las suficientes pruebas que respalden su opinión.

Estas afirmaciones son parte de los criterios que la dirección utiliza para registrar y revelar la información contable en los estados financieros y son:

  • Existencia
  • Integridad
  • Derechos y obligaciones
  • Valuación
  • Presentación
  • Exactitud
  • Corte

Detalle de las Afirmaciones de la Administración

  1. Existencia u ocurrencia: Los activos, pasivos y el patrimonio que se reflejan en los estados financieros existen; las transacciones registradas efectivamente se realizaron.
  2. Integridad: Están incluidas todas las transacciones, activos, pasivos y patrimonio que deberían presentarse en los estados financieros.
  3. Derechos y obligaciones: El cliente tiene derecho a los activos y obligación de pagar respecto a los pasivos que figuran en los estados financieros.
  4. Valuación o asignación: Los activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos se presentan en montos que están determinados de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados.
  5. Presentación y revelación: Las cuentas se describen y se clasifican en los estados financieros de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados y se incluyen todas las revelaciones materiales y necesarias.

Muchos auditores incluyen también de manera explícita otras dos categorías de afirmaciones, que son:

  • Exactitud: Corrección aritmética de las operaciones registradas.
  • Corte: Registro de las operaciones en el período contable que corresponde.

508. Informe de los Auditores sobre Estados Financieros

01. Esta Sección se aplica a los informes emitidos por auditores en relación con auditorías de estados financieros que tienen como objetivo presentar la situación financiera, los resultados de operación y el flujo de efectivo de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados. Distingue las diferentes clases de informes, describe las circunstancias en que cada tipo es apropiado y proporciona ejemplos de estos.

02. Esta Sección no se aplica a estados financieros no auditados, ni a informes sobre información financiera incompleta u otras opiniones especiales.

03. La expresión de la opinión del auditor está basada en la concordancia de su auditoría con las normas de auditoría generalmente aceptadas y en sus resultados. Las normas de auditoría generalmente aceptadas incluyen cuatro normas básicas relativas al informe. Esta Sección está relacionada principalmente con la cuarta norma (Sección 150, párrafo 02: «Normas Relativas al Informe»).

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