Claves de Rentabilidad, Finanzas e Impuestos para Empresas

Análisis Económico de la Empresa

¿Cuál es la relación entre rentabilidad y productividad?

Mientras la productividad relaciona la producción obtenida con los factores utilizados para su obtención, la rentabilidad relaciona los beneficios obtenidos con los capitales que han producido esos beneficios. Ambos conceptos son, por tanto, indicadores del rendimiento o eficiencia de la empresa, pero mientras que la productividad se refiere a la eficiencia técnica en el uso de los factores productivos, la rentabilidad se refiere a la eficiencia económico-financiera en el empleo de los capitales invertidos.

Beneficio y rentabilidad

Para poder comparar resultados empresariales, necesitamos poner en relación esos beneficios con el capital que hay invertido en esas empresas, es decir, necesitamos conocer su rentabilidad.

La rentabilidad de la empresa se obtiene mediante la relación por cociente entre los beneficios obtenidos y el capital invertido durante un período de tiempo, normalmente un año. Esta relación se suele expresar en porcentaje.

Rentabilidad = (Beneficio / Capital invertido) · 100

Estudio estático y dinámico

El conocimiento de la rentabilidad de una empresa en un momento dado (estudio estático) es de gran utilidad. Pero esta información adquiere un mayor sentido cuando se analizan los resultados a través de una serie de años (estudio dinámico). Ello permite determinar la tendencia con que han evolucionado esos datos y, por tanto, prever cómo se van a desarrollar en el futuro, facilitando, de esta manera, la adopción de medidas correctoras.

Análisis de la cuenta de resultados

Destino de cada euro que ingresa la empresa. Así, en la empresa BETA, de cada 100 euros ingresados por las ventas del año n, 24 se destinan a compras de materias primas y otros materiales, 30 a gastos de personal, 9 a otros gastos de explotación (alquileres, energía, etc.) y 4 para amortizar el activo inmovilizado. Por tanto, quedan 33 euros de beneficios. De ellos, 5 euros sirven para pagar los intereses de las deudas y 8,4 son para impuestos (30% del Impuesto de Sociedades). Finalmente, quedan 19,6 euros de beneficio neto sobre los que la empresa deberá decidir entre distribuirlos o retenerlos como autofinanciación.

  • Margen económico sobre ventas o margen comercial. Se obtiene como cociente entre el beneficio y las ventas que se han producido en el período.

Margen comercial = (BAIT / Ventas totales) · 100 = (495 / 1 500) · 100 = 33%

Esta empresa, de cada 100 euros que ingresa, obtiene 33 de beneficio.

  • Crecimiento de las ventas. Esta ratio compara las ventas de un año con las del anterior. Si sabemos que el año n – 1 las ventas fueron de 1 200 u.m.:

Ratio de evolución de ventas = Ventasaño n / Ventasaño n – 1 = 1 500 / 1 200 = 1,25.

Es decir, esta empresa ha incrementado sus ventas un 25%. La evolución de las ventas puede calcularse también por productos o por tipos de clientes.

  • La posición de la empresa en el sector. Para conocer esta posición, se utiliza el concepto de cuota de mercado:

Cuota de mercado = (Ventas de la empresa / Ventas del sector) · 100

La Rentabilidad Económica y Financiera

El indicador de este rendimiento es la rentabilidad, que mide el rendimiento que obtiene la empresa de los capitales puestos a su disposición. Pero dado que estos capitales pueden ser propios o ajenos, conviene distinguir entre la rentabilidad del conjunto de los capitales invertidos en la empresa (tanto propios como ajenos) o rentabilidad económica, de la rentabilidad más específica y referida a los capitales propios o rentabilidad financiera.

  • La rentabilidad económica (RE). Relaciona los beneficios obtenidos antes de intereses e impuestos (BAIT) con el total de capitales invertidos (propios o ajenos), que están representados por el activo total (inversión de capitales) o por el neto + pasivo (capitales propios y ajenos).

RE = (BAIT / Activo total) · 100

Es el beneficio obtenido por cada 100 euros de capital invertido en la empresa.

  • La rentabilidad financiera (RF). Relaciona los beneficios netos (BN) obtenidos con los capitales o recursos propios de la empresa (RP).

RF = (Beneficio neto / Recursos propios) · 100 = (BN / RP) · 100

¿De qué depende la rentabilidad económica?

Si en la fórmula de la rentabilidad multiplicamos el numerador y el denominador por las ventas de la empresa, la expresión resultante será:

RE = BAIT / Activo total = (BAIT / Ventas) · (Ventas / Activo total)

RE = Margen comercial · Rotación de ventas

La rentabilidad económica queda así descompuesta como un producto de dos factores: uno que relaciona el beneficio obtenido con las ventas (margen comercial) y otro que relaciona las ventas con el activo total (ratio de rotación de ventas); a mayor rotación de ventas, más se vende a lo largo del año. Por tanto, la empresa puede incrementar su rentabilidad bien vendiendo más aunque mantenga el mismo margen de beneficio, o haciendo ambas cosas.

Rentabilidad y Estructura Financiera

De forma general, puede decirse que interesa endeudarse para financiar nuevas inversiones siempre que se cumplan dos condiciones:

  • RE (Rentabilidad económica) > i (tipo de interés)
  • Que la ratio de endeudamiento esté dentro de los límites recomendados para no incrementar el riesgo financiero de la empresa.

Es decir, la empresa debe alcanzar una estructura financiera que le permita obtener la rentabilidad máxima de los capitales propios, pero que, al mismo tiempo, le garantice la estabilidad financiera necesaria como para seguir manteniendo su rentabilidad.

Efecto apalancamiento

El apalancamiento financiero es el efecto que se produce en la rentabilidad de la empresa como consecuencia del empleo de deuda para financiar sus inversiones. Este apalancamiento será positivo cuando el incremento de la deuda aumente la rentabilidad financiera de la empresa. La deuda genera un coste, pero si la inversión produce un beneficio superior a ese coste, la diferencia pasa a aumentar el beneficio de la empresa.

Análisis económico-financiero

Ahora bien, aunque desde el punto de vista económico puede resultar conveniente endeudarse, quizás no lo sea desde el punto de vista financiero, ya que el incremento de la deuda puede generar riesgos de liquidez o solvencia.

Por ello, habrá que tener en cuenta la ratio de endeudamiento que analiza la proporción de las deudas respecto de los recursos totales:

R = Exigible / (Neto + Exigible)

Valores superiores a 0,5 indican que la deuda está por encima de los fondos propios y que, por tanto, la estructura financiera es arriesgada.

Tampoco es aconsejable el caso opuesto de la empresa que no asume ningún riesgo financiero porque emplea exclusivamente recursos propios para financiar sus inversiones, ya que estaría desaprovechando la oportunidad de incrementar su rentabilidad, aunque su seguridad financiera fuera excelente.

Por ello, debe buscarse un equilibrio entre ambos tipos de financiación, tratando de maximizar la rentabilidad financiera, pero dentro de unos límites de prudencia financiera.

La Fiscalidad de las Empresas

Los tributos

Los tributos son pagos obligatorios que hacen los contribuyentes al Estado, a las comunidades autónomas o a los ayuntamientos, y constituyen la principal fuente de ingresos del sector público.

Los tributos se clasifican en tres grandes apartados: impuestos, tasas y contribuciones especiales.

  • Impuestos. Son pagos que se exigen por ley, sin que el contribuyente reciba un beneficio específico a cambio de forma directa. Dentro de los impuestos se distinguen:
    • Impuestos directos. Gravan la renta o la riqueza de las personas y empresas en función de sus circunstancias económicas y familiares. Los más importantes son:
      • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
      • Impuesto sobre Sociedades (IS). Recae sobre el beneficio que obtienen las empresas (sociedades).
      • El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
    • Impuestos indirectos. Gravan hechos concretos, independientemente de la identidad y de las circunstancias concretas de la persona que los realiza. Estos impuestos se aplican independientemente del nivel de ingresos o patrimonio del contribuyente. El principal es el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). También están los impuestos especiales, que se pagan por consumir determinados productos, como el alcohol, el tabaco o la gasolina.
  • Tasas. Son tributos que se pagan por el uso de un bien o servicio ofrecido por la Administración. Se pagan tasas por la recogida de basura o alcantarillado; o por el permiso de conducir, tasas académicas, etc.
  • Contribuciones especiales. Son tributos que pagan quienes se benefician de una obra o servicio público como, por ejemplo, la pavimentación de una calle.

Elementos básicos de los tributos

  • Hecho imponible. Es la acción que origina el nacimiento de la obligación tributaria. Cuando un empresario individual obtiene beneficios de la actividad económica que desarrolla, origina un hecho imponible que es la obtención de rentas del trabajo personal y que da lugar al nacimiento de la obligación de pagar el IRPF.
  • El sujeto pasivo. Es la persona física o jurídica que está obligada a pagar el tributo. Puede ocurrir que sea una persona la que pague el tributo (contribuyente) y otra distinta quien colabore en su recaudación (sustituto del contribuyente).
  • Base imponible. Es la cuantificación económica del hecho imponible según la regulación establecida para cada tributo. Por ejemplo, en el IRPF la base imponible está constituida por la renta global del contribuyente.
  • Base liquidable. Es la cantidad que resulta después de restar a la base imponible las reducciones que estén previstas en la normativa de cada tributo.
  • Tipo impositivo. También denominado tipo de gravamen, es un porcentaje que se aplica a la base liquidable para obtener la cuota tributaria.
  • Cuota tributaria. Se obtiene como resultado de aplicar el tipo impositivo a la base liquidable.
  • Cuota líquida o deuda tributaria. Es la cantidad que se debe pagar a la Administración pública correspondiente; resulta de sumar o restar, en su caso, a la cuota tributaria, los recargos y deducciones establecidos por la norma del tributo.
  • Cuota diferencial. Por último, en algunos impuestos como el IRPF, a la cuota líquida habrá que restar las retenciones e ingresos a cuenta para obtener la cuota diferencial.
  • Período impositivo. Es el plazo de tiempo que se corresponde con la liquidación del impuesto. En el IRPF o en el IS, este período a veces coincide con el año natural.

Los Impuestos que Pagan las Empresas: IS e IRPF

La empresa se relaciona con la Hacienda Pública por dos conceptos distintos:

  • Es contribuyente directo en diversos impuestos que gravan su capacidad contributiva.
  • Actúa como recaudador forzoso para Hacienda en diversos impuestos. Cuando la empresa paga salarios a sus trabajadores o cuando cobra el IVA a sus clientes, está obligada a desempeñar la figura de sujeto pasivo sustituto del contribuyente, es decir, no es el titular de la capacidad de contribuir pero como interviene en su pago o generación, se ve obligada a actuar como recaudador intermediario entre el contribuyente y Hacienda. Esto le lleva a retener pagos en el IRPF y/o cobrar el IVA, y a ingresar después esas cantidades en Hacienda.

Impuesto sobre Sociedades (IS)

Se trata de un impuesto directo y personal que grava la renta obtenida por las sociedades mercantiles y otras entidades colectivas. Es un impuesto proporcional, porque se obtiene aplicando un tanto por ciento fijo sobre la base imponible.

Los elementos constitutivos del impuesto son:

  • Sujeto pasivo. Son las sociedades mercantiles.
  • Hecho imponible. Es la obtención de beneficios por parte de las sociedades.
  • Base imponible. La base imponible se deriva de los rendimientos netos obtenidos por la empresa en un determinado período. Estos rendimientos se obtienen de la diferencia entre los ingresos y los gastos del ejercicio económico, a los que habrá que añadir los incrementos o disminuciones patrimoniales del período.

Si la base imponible resulta ser negativa (pérdidas), su importe podrá ser compensado dentro de los cinco ejercicios siguientes, es decir, la empresa podrá descontar sus pérdidas actuales de la base imponible de los próximos ejercicios económicos.

  • Deuda tributaria. Para calcular la cantidad del impuesto, primero se halla la cuota íntegra, que es la cantidad resultante de aplicar el tipo impositivo a la base imponible.
  • Cuota líquida. De la cuota íntegra se restarán las deducciones y bonificaciones que la normativa establezca cada año para determinar la cuota líquida.
  • Cuota diferencial. Se obtiene como resultado de restar a la cuota líquida positiva las retenciones y pagos a cuenta, y debe ingresarse en Hacienda, si es positiva, la diferencia.
  • Período impositivo y liquidación. Año natural, con pagos a cuenta. Una vez aprobado el balance del ejercicio, la empresa debe presentar la declaración-liquidación en los veinticinco días siguientes a esa aprobación.

El IRPF

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un impuesto directo, personal y progresivo que grava la renta que obtienen las personas físicas. Se trata de un impuesto directo, ya que las rentas percibidas por cada persona constituyen una manifestación de su nivel económico y, por tanto, de su capacidad contributiva.

Los elementos constitutivos del impuesto son:

  • Sujeto pasivo. Son las personas físicas que obtienen rentas.
  • Hecho imponible. Está constituido por la obtención de renta por parte de una persona física durante el período. Estas rentas pueden proceder de:
    • Los rendimientos del trabajo por cuenta ajena (salarios).
    • Los rendimientos del capital inmobiliario (alquileres de inmuebles).
    • Los rendimientos del capital mobiliario (intereses bancarios, dividendos).
    • Los rendimientos de actividades económicas (rendimientos del empresario individual o del ejercicio profesional por cuenta propia).
    • Las pérdidas y ganancias patrimoniales experimentadas en el período.
  • Base imponible. Es la suma de rendimientos netos, es decir, una vez deducidos de estos rendimientos los gastos necesarios para su obtención.
  • Base liquidable = Base imponible – una serie de reducciones.
  • Cuota íntegra = Base liquidable · Tipo de gravamen (tarifa progresiva).
  • Cuota líquida = Cuota íntegra – Deducciones (por hijos, compra o rehabilitación de vivienda, etc.).
  • Cuota diferencial = Cuota líquida – Retenciones y pagos a cuenta.

Si la diferencia es positiva, corresponde pagar a Hacienda la diferencia. Si la diferencia es negativa, corresponde que Hacienda devuelva la diferencia.

  • Período impositivo y liquidación. Año natural, con retenciones y pagos a cuenta. Es el contribuyente quien está obligado a presentar la declaración-liquidación.

Para el cálculo de los rendimientos de las actividades económicas del empresario individual, existen dos sistemas, que de forma resumida son:

  • Estimación directa simplificada. El beneficio o rendimiento de la actividad o negocio se obtiene como diferencia entre sus ingresos y sus gastos anuales. Este sistema obliga a llevar los libros contables correspondientes.
  • Estimación objetiva. Es un sistema pensado para simplificar la declaración del impuesto, ya que la determinación de los rendimientos se hace a partir de una serie de signos, índices o módulos que se supone son indicativos del volumen de negocio (número de trabajadores, superficie del local, consumo de energía, etc.).

Otros Impuestos: IAE e IVA

Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

El Impuesto de Actividades Económicas (IAE) es un impuesto directo, cuyo hecho imponible está constituido por el ejercicio de cualquier tipo de actividad empresarial, profesional o artística. No se consideran tales las actividades agrícolas, las ganaderas dependientes, las forestales y las pesqueras.

Sus principales elementos son:

  • Son sujetos pasivos del IAE las personas físicas o jurídicas que realicen en territorio nacional cualquiera de las actividades que originan el hecho imponible.

Hay que destacar que no tienen que pagar el impuesto las empresas cuya cifra anual de negocios sea inferior a 1 millón de euros.

  • Cuota tributaria. Para calcular la cantidad que se debe pagar existen unas tarifas para cada una de las actividades económicas tipificadas en el impuesto.
  • Período impositivo. Coincide con el año natural.

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios.

  • Sujeto pasivo. Es el consumidor final quien soporta la carga del impuesto. No obstante, se distingue entre quien tiene la obligación formal de pagar el IVA y de ingresarlo en Hacienda (normalmente el vendedor o prestador del servicio).
  • Hecho imponible. Este elemento está constituido por el acto de compra de bienes o de prestación de servicios.
  • Base imponible. Es el valor del bien adquirido o del servicio prestado; es decir, en general el precio de venta.
  • Tipo impositivo. No es único. Hay un tipo general del 21% que se aplica a la mayoría de los productos de consumo. Hay un tipo reducido del 10% para alimentos en general, vivienda, restaurantes, etc., y un tipo superreducido del 4% para los bienes más necesarios.
  • Cuota tributaria. Es el producto de la base imponible por el tipo impositivo.

Del Balance Social al Balance Ético de las Empresas

El contenido del balance social

El balance social es un documento que contrapone los efectos positivos (beneficios sociales) a los efectos negativos (costes sociales) que se derivan de la actuación de la empresa y que permite evaluar el cumplimiento de su responsabilidad social durante un período determinado. Si los efectos negativos superan a los positivos, el balance tendrá déficit en responsabilidad social.

De la responsabilidad social a la ética empresarial

Esta nueva ética empresarial parte de un principio básico: la empresa como institución solo podrá considerarse ética cuando encuentre el acuerdo o consenso de todos los grupos afectados por sus consecuencias. Desde este enfoque, se recupera la idea de balance social a través del denominado balance ético, como un sistema de información para registrar el grado de consideración y cumplimiento de todos los intereses afectados.

En la configuración de este balance ético, es necesario:

  • Identificar los diferentes intereses que definen a cada uno de los grupos implicados.
  • Concretar los diferentes intereses que definen a cada uno de los grupos implicados.
  • Traducir estos intereses a indicadores que permitan medir la distancia entre los compromisos sociales adquiridos por la empresa y lo realizado.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *