Formulario y Conceptos Clave de Economía: Solvencia, Rentabilidad e Impuestos

Práctica de Fórmulas y Conceptos Clave (Temas 12-13)

Análisis de la Solvencia y el Periodo Medio de Maduración

1. Solvencia a Corto Plazo:

  • Fondo de Maniobra (FM): Activo Corriente (AC) – Pasivo Corriente (PC) (>0)
  • Ratio de Liquidez: AC / PC (1,5 – 2)
  • Ratio de Tesorería: (Realizable + Disponible) / PC (0,75 – 1)
  • Ratio de Disponibilidad: Disponible / PC (0,1 – 0,3)

2. Solvencia a Largo Plazo:

  • Ratio de Garantía: Activo Total (AT) / Pasivo Total (PT) (1,5 – 2,5)
  • Ratio de Endeudamiento: PT / (Patrimonio Neto (PN) + PT) (
  • Ratio de Calidad de la Deuda: PC / PT (cuanto mayor, mejor)
  • Ratio de Autonomía Financiera: PN / PT (cuanto menor, mejor)

3. Periodo Medio de Maduración:

  • Periodo Medio de Maduración Económico (PMMe):
    • Empresa Industrial: PMMe = ta + tf + tv + tc
    • Empresa Comercial: PMMe = tv + tc
  • Periodo Medio de Maduración Financiero (PMMf):
    • Empresa Industrial: PMMf = ta + tf + tv + tc – tp
    • Empresa Comercial: PMMf = tv + tc – tp

4. Rotaciones y Periodos Medios:

  • ra = Compras de m.p. / Existencia media de m.p. => ta = 365 / ra
  • rf = Coste de fabricación / Existencia media de prod. en curso => tf = 365 / rf
  • rv = Coste de ventas / Existencia media de prod. terminados => tv = 365 / rv
  • rc = Ventas / Saldo medio de clientes => tc = 365 / rc
  • rp = Compras / Saldo medio de proveedores => tp = 365 / rp

Análisis de la Rentabilidad, Apalancamiento Financiero y Tributos

1. Análisis de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias (PyG):

  • Margen sobre Ventas o Comercial: Beneficio Antes de Intereses e Impuestos (BAII) / Ventas
  • Crecimiento de las Ventas: Ventas n / Ventas n-1
  • Cuota de Mercado: Ventas / Ventas del sector

2. Rentabilidad:

  • Rentabilidad Económica (RE): Mide la capacidad de la empresa para remunerar los capitales invertidos.
    • RE = BAII / Activo Total (AT)
    • RE = (BAII / Ventas) • (Ventas / AT) = Margen comercial • Ratio de rotación de ventas
  • Rentabilidad Financiera (RF): Indica el rendimiento neto obtenido de los capitales propios de la empresa.
    • RF = Beneficio Neto (BN) / Patrimonio Neto (PN)

3. Apalancamiento Financiero:

  • Rentabilidad económica > Tipo de interés
  • Ratio de endeudamiento

El Concurso de Acreedores

1. El Concurso de Acreedores:

  • Procedimiento que pretende reorganizar la gestión de una empresa insolvente de modo que pueda volver a ser viable y que los acreedores recuperen sus deudas.
  • Concurso Voluntario: La solicitud la presenta una empresa insolvente en los dos meses siguientes a la fecha en que se detecta el problema.
  • Concurso Necesario: La solicitud la presenta un acreedor, debe demostrarse el incumplimiento de obligaciones por parte de la empresa.

2. Fases del Concurso de Acreedores:

  • Una vez declarado el concurso, su principal efecto es que se suspenden todos los pagos y no corren los intereses de las deudas. El juez toma las riendas de la empresa y delega en unos administradores, y puede inhabilitar o limitar las facultades del empresario.
  • Evaluación de la Situación: Los administradores determinarán, en un plazo de dos meses, el conjunto de bienes y derechos de la empresa destinado a satisfacer a los acreedores y emitirán un informe sobre la solución del problema.
  • Solución del Proceso: Dos alternativas
    • Convenio de Acreedores: Se pacta con los acreedores para reducir el importe de la deuda, y para aplazar los pagos. Lo normal es que la empresa pueda continuar con su actividad.
    • Liquidación de la Sociedad: Cuando no se llega a un acuerdo, o no se cumple el convenio pactado, o la empresa quiere la liquidación. La ley establece un orden de preferencia para cobrar, primero los trabajadores y los últimos los socios. En esta fase el concurso puede calificarse de fortuito o culpable, este último puede conllevar acciones penales por posibles delitos.

Tributos e Impuestos

1. Tributos:

  • Impuestos: Pagos que se exigen por ley, destinados a gastos generales.
  • Impuestos Directos: Graban la renta o la riqueza de las personas y empresas en función de sus circunstancias económicas y familiares. (IRPF, IS, IAE…)
  • Impuestos Indirectos: Graban hechos concretos, independientemente de la identidad y de las circunstancias concretas de la persona que lo realiza. (IVA, Impuestos Especiales, ITPyAJD…)
  • Tasas: Se pagan por el uso de un bien o servicio ofrecido por la Administración.
  • Contribuciones Especiales: Se pagan por quienes se benefician de una obra o servicio público.

2. Impuesto sobre Sociedades (IS):

  • Impuesto directo, personal y proporcional, que grava los beneficios obtenidos por las sociedades mercantiles.
  • Sujeto Pasivo: Sociedades mercantiles.
  • Hecho Imponible: La obtención de beneficios por parte de las sociedades.
  • Base Imponible: Los rendimientos obtenidos de la diferencia entre los ingresos y los gastos del ejercicio, a los que habrá que añadir los incrementos o disminuciones de patrimonio. Si es negativa (pérdidas), se puede compensar entre los 5 ejercicios siguientes.
  • Cuota Íntegra: Base imponible x 25%.
  • Cuota Líquida: Cuota íntegra menos deducciones y bonificaciones (para favorecer inversiones en la creación de empleo, en el exterior… o para proteger determinadas actividades de interés social o cultural)
  • Cuota Diferencial: Cuota líquida menos retenciones y pagos a cuenta, debe ingresarse en Hacienda si es positiva.
  • Periodo Impositivo y de Liquidación: Año natural, la empresa debe presentar la declaración-liquidación en los 25 días posteriores a la aprobación de las cuentas anuales (dentro de los 6 meses siguientes a la finalización del año).

3. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF):

  • Impuesto directo, personal y progresivo que grava la renta que obtienen las personas físicas.
  • Sujeto Pasivo: Personas físicas que obtienen rentas.
  • Hecho Imponible: Obtención de renta por parte de una persona física (salarios, alquileres, intereses, dividendos, rendimientos del empresario individual, pérdidas y ganancias patrimoniales). Los rendimientos del empresario individual se pueden calcular por dos sistemas: estimación directa simplificada (libros contables) y estimación objetiva (módulos indicativos del volumen de negocio)
  • Base Imponible: Suma de rendimientos netos (deducidos los gastos necesarios para su obtención)
  • Base Liquidable: Base imponible – reducciones
  • Cuota Íntegra: Base liquidable x tipo de gravamen (tarifa progresiva).
  • Cuota Líquida: Cuota íntegra – deducciones.
  • Cuota Diferencial: Cuota líquida menos retenciones y pagos a cuenta. Si es positiva, corresponde pagar a Hacienda. Si es negativa corresponde que Hacienda devuelva.
  • Periodo Impositivo y Liquidación: Año natural, el contribuyente debe presentar la declaración- liquidación de abril a junio del año siguiente.

4. Impuesto de Actividades Económicas (IAE):

  • Impuesto directo que grava cualquier tipo de actividad empresarial, profesional o artística.
  • Hecho Imponible: Ejercicio de cualquier tipo de actividad empresarial, profesional o artística.
  • Sujeto Pasivo: Personas físicas o jurídicas que realicen en territorio nacional cualquier actividad empresarial profesional o artística. Quedarán exentas todas aquellas cuya cifra anual de negocios sea inferior a 1.000.000 €.
  • Cuota Tributaria: Existen tarifas diferentes para cada una de las actividades y contemplan tres tipos de cuotas: municipal, provincial y nacional. Los Ayuntamientos pueden establecer bonificaciones para aquellas actividades que quieren favorecer la creación de empleo, la mejora del medio ambiente, etc.
  • Periodo Impositivo: Año natural.

5. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):

  • Impuesto indirecto que grava el consumo de bienes servicios
  • Sujeto Pasivo: Consumidor final (el empresario es un intermediario que cobra al consumidor y lo ingresa en Hacienda)
  • Hecho Imponible: Acto de compra de bienes o de prestación de servicios.
  • Base Imponible: Valor del bien adquirido o del servicio prestado (precio de venta).
  • Tipo Impositivo: General 21%, reducido 10% y superreducido 4%.
  • Cuota Tributaria: Base imponible x tipo impositivo. Las empresas deben ingresar en Hacienda la diferencia entre el IVA repercutido (cobrado) y el IVA soportado (pagado).

6. Balances:

  • Balance Social: Documento que contrapone los efectos positivos (beneficios sociales) a los efectos negativos (costes sociales) que se derivan de la actuación de la empresa y que permite evaluar el cumplimiento de su responsabilidad social durante un periodo determinado.
  • Balance Ético: Sistema de información para registrar grado de consideración y cumplimiento de todos los intereses afectados por la empresa.

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