Fundamentos del Derecho Comercial y la Empresa: Conceptos Clave y Aplicación Práctica

Definición y Modalidades del Derecho Comercial

Concepto de Derecho Comercial

El Derecho Comercial es la disciplina jurídica constituida por principios y normas que regulan la actividad comercial y las instituciones que el comercio crea para cumplir con sus fines.

Concepciones Subjetivas y Objetivas del Derecho Comercial

En una primera etapa, el derecho comercial fue eminentemente subjetivo; luego, evolucionó hacia una concepción objetiva, para finalmente reintroducirse en una etapa subjetiva.

  • Aspecto Subjetivo (inicial): Tiene en cuenta la comercialidad del sujeto que realiza el acto. Si el sujeto es comerciante, se regirá por el derecho comercial; en caso contrario, no.
  • Aspecto Objetivo: La comercialidad va del acto al sujeto. Comerciante o no comerciante, lo importante es la naturaleza del acto realizado.
  • Aspecto Subjetivo (actual): Se vuelve al subjetivismo por la aparición de la empresa organizada en masa y en serie, donde el empresario es el centro de la actividad comercial.

Modalidades del Derecho Comercial

Clasificamos las modalidades del Derecho Comercial en:

Clásicas o Tradicionales

  • Consuetudinario: Tiene como fuente principal la costumbre, pero va más allá de la mera costumbre, ya que esta carece de la obligatoriedad, condición fundamental para el derecho consuetudinario.
  • No Formal: Impera la libertad de formas en los actos comerciales.
  • Universal: Tiende a su uniformidad en todo el mundo, permitiendo que el intercambio se produzca tanto entre sujetos de un mismo país como entre sujetos de distintos países, trascendiendo las barreras del derecho nacional.
  • Uniforme: Las reglas tienden a ser iguales en diferentes jurisdicciones para facilitar el comercio internacional.
  • Progresivo: Evoluciona de acuerdo con el avance de la tecnología y la ciencia, adaptándose a la realidad económica y social.

Moderna o Actual

  • Internacionalización: El comercio se desarrolla de forma internacional, requiriendo normas que regulen transacciones transfronterizas.
  • Publicización: Existe cuando hay injerencia de normas del derecho público dentro del derecho privado. Esto ocurre por razones de seguridad jurídica, para regular las actividades de los particulares y para garantizar la oponibilidad a terceros, manifestándose en el poder de policía del Estado.
  • Dispersión o Disgregación: Se produce cuando normas del derecho comercial logran su autonomía en ciertas materias, dando origen a ramas especializadas del derecho.
  • Integración Regional: Modalidad propia de los bloques económicos, que implica particularidades regionales económicas derivadas de acuerdos o expensas. Pueden ser nacionales o internacionales.
  • Comercialización del Derecho Civil: Muchas instituciones propias del derecho comercial han sido incorporadas al Derecho Civil. Aunque estas leyes comerciales se encuentren en el Código Civil, no pierden su naturaleza de derecho comercial, sino que sirven como herramientas para el derecho civil. Ejemplos incluyen el pacto comisorio o las tarjetas de crédito.

Fuentes del Derecho según el Código Civil y Comercial de la Nación

El Artículo 1 del Código Civil y Comercial de la Nación establece que deben considerarse como fuentes del Derecho (aplicables al ámbito comercial) a:

Fuentes Formales

  • La Ley: Incluye la Constitución Nacional, el Código Civil y Comercial, las leyes complementarias del Código de Comercio y otras normas comerciales que provengan de disposiciones reglamentarias. La ley extranjera rige solamente cuando las partes en sus contratos particulares expresen que dicho contrato se regirá por las leyes de un país extranjero, siempre que la operación involucre el traslado de bienes entre países o que una de las partes se encuentre en el extranjero.
  • La Jurisprudencia: Es fuente cuando se aplica al caso concreto, sentando precedentes y criterios de interpretación.

Fuentes Materiales

  • La Costumbre: Son conductas repetidas de los particulares con la conciencia de su obligatoriedad (opinio iuris).

Entonces, ante una laguna del derecho, por ejemplo, en materia de prenda comercial, se recurrirá en el siguiente orden:

  1. Código de Comercio: En caso de que la solución no se encuentre allí, se acudirá a:
  2. Principios generales de la institución: (En el ejemplo, serían los principios generales de la prenda). Si aun así no se puede solucionar, se debe investigar en:
  3. Leyes comerciales análogas: Cuando una cuestión de hecho no se halla prevista por la ley que se refiere a una materia determinada, se recurre a otra ley semejante (en el ejemplo, podría ser la Ley de Prenda con Registro). Si aun así no se soluciona el caso, se debe recurrir a:
  4. Principios generales del Derecho Comercial: Si aun con los principios generales no se puede solucionar el problema de la laguna legislativa, se debe recurrir a:
  5. Los Usos y Costumbres.

La Empresa: Definición y Elementos Esenciales

Definición de Empresa

La Empresa es la organización técnico-económica de los factores de producción destinada a la producción e intercambio de bienes y servicios en el mercado, asumiendo riesgos técnicos y económicos.

Elementos de la Empresa

Para que una actividad sea considerada empresa, debe poseer los siguientes caracteres:

  • Profesionalidad: Se busca en la habitualidad y continuidad, es decir, en la sistematicidad y estabilidad en el desarrollo de la serie de actos económicos idóneos para concretar la empresa.
  • Organización: En la empresa comercial se traduce en un fondo de comercio, es decir, en un conjunto de bienes instrumentalmente vinculados con la actividad económica de la empresa.
  • Economicidad: Es el elemento teleológico. Para que una actividad organizada y profesional pueda ser caracterizada como empresa, tiene que estar orientada a la producción o intercambio de bienes o servicios. La orientación económica exige, además, que se produzca para el mercado, es decir, para terceros; no es concebible la existencia de una empresa que produzca para sus necesidades propias o familiares.
  • Lucratividad: Es la finalidad perseguida por la empresa, derivada de la colocación de los bienes y servicios en el mercado.
  • Riesgos Inherentes: Toda empresa se somete a riesgos técnicos y económicos.

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