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Pilares del Sistema Tributario: Capacidad Económica, Generalidad, Igualdad y Progresividad en España

Principio de Capacidad Económica

Este principio está establecido por el artículo 31.1 de la Constitución Española (CE), que dispone que «todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica«. La Ley General Tributaria (LGT) también establece este mismo principio.

De este principio se pueden deducir otros dos corolarios fundamentales: