Nacimiento del Derecho del Trabajo en la Era Industrial y la Producción en Serie
En la llamada «era» industrial no desapareció totalmente la agricultura. Este cambio no fue simultáneo, sino más bien progresivo, en todas las sociedades. Es decir, el avance de la industrialización fue tan lento que recién luego de la Segunda Guerra Mundial consiguió un predominio claro y definitivo.
Aunque la industria como actividad se consolidó en la economía mundial a partir de la segunda mitad del siglo pasado, la sociedad industrial denominada capitalista, aproximadamente a finales del siglo XVIII, se extendió a la industria a lo largo del siglo XIX. El capitalismo, como nuevo modelo de producción fundado en las nuevas tecnologías que hicieron posible la producción en «masa» o «en serie» (por ejemplo, la máquina de vapor), y en la generalización del trabajo libre, impuso las reglas de funcionamiento de toda sociedad.
En la segunda década del siglo pasado, con la Constitución mexicana de Querétaro (1917) y con la Constitución alemana de Weimar (1919), emergió el proceso de «constitucionalización» de los derechos sociales reconocidos al trabajador.
La organización científica del trabajo
La «organización científica del trabajo», impulsada por F. W. Taylor desde una concepción fragmentada y especializada de las tareas, buscó organizar el trabajo de cara a una mayor productividad. Se sintetiza en los siguientes puntos:
- Disocia el proceso de trabajo de las capacidades de los trabajadores, convirtiendo en irrelevantes los conocimientos de aquellos.
- Separa la concepción de la tarea de su ejecución.
- Utiliza el monopolio de los conocimientos para controlar paso a paso el proceso de trabajo y las formas de ejecución.
La función del ordenamiento laboral obedece a una doble exigencia de racionalización jurídica en la regulación de las relaciones sociales: facilitar el funcionamiento de la economía y asegurar la mejora de las condiciones de trabajo y de vida de los trabajadores.
La consolidación del Derecho del Trabajo trajo consigo una regulación estatal caracterizada por una fuerte protección del trabajador, como parte que se presupone en situación de debilidad contractual, para imponer al empleador condiciones de trabajo mínimas. La doctrina también ha reconocido, como finalidad institucional del Derecho del Trabajo, la compensación de la debilidad contractual del trabajador.
De la producción en serie a la producción flexible: ¿un nuevo modelo de producción capitalista?
La necesidad de adecuar los procesos de producción y distribución a las variaciones del mercado, tanto desde una perspectiva cuantitativa (cantidades producidas) como cualitativa (preferencias de los consumidores), y la necesidad organizativa de adaptarse a los cambios de insumos tecnológicos, parecen impulsar la transición hacia un modelo de producción flexible. Existen dos aspectos fundamentales:
- a) La reestructuración del proceso de trabajo.
- b) La descentralización productiva.
2.1. La discontinuidad histórica de la producción flexible
En ciertos sectores industriales, con el ánimo de terminar con las tendencias flexibles de las prácticas empresariales, se han desarrollado sistemas de producción que satisfacen una demanda muy diversificada de productos especiales mediante dimensiones relativamente reducidas de las «series». Es decir, se tiende a una política de adecuación de la producción al mercado, manteniendo los principios tayloristas de estandarización mecanizada del producto y de división del trabajo.
2.2. Los efectos del nuevo modelo de producción sobre el empleo
1) Una aproximación general
La complejidad de la realidad social contemporánea, así como la relatividad de los mitos construidos en torno a la flexibilidad y al nuevo paradigma económico-social, impiden construir estructuras sociales y ocupacionales homogéneas. Resulta necesario analizar el impacto del denominado «nuevo modelo de producción en expansión» tanto sobre la organización de la producción empresarial como sobre el diseño del puesto de trabajo.
2) Las nuevas estructuras empresariales
Los trabajadores periféricos no presentan homogeneidad alguna. Por el contrario, la nueva figura del trabajador se manifiesta a través de diversas tipologías que lo alejan o acercan más al núcleo de la empresa. Estas tipologías variables expresan distintos intereses de quienes prestan sus servicios a otros y, por ende, los diversos matices del conflicto capital/trabajo en el sistema de relaciones laborales contemporáneo.
3) Las nuevas formas de organizar el trabajo
Es más fácil ajustar continuamente el número de trabajadores a las variaciones del mercado engrosando la periferia con trabajadores versátiles, como sucede, por ejemplo, con la descentralización productiva, que hacerlo mediante cambios en el contenido de la propia labor.
