Análisis de Balance y Cuenta de Pérdidas y Ganancias en Finanzas

Análisis de Balance

– Análisis Patrimonial: Comparación estado financiero de la empresa durante varios años consecutivos y comparándolo con otras empresas similares → Fondo de Maniobra

– Análisis Financiero: Estudia solvencia e liquidez mediante el uso de ratios (ratio: cociente entre dos magnitudes)

Análisis Patrimonial

Estudia la composición del patrimonio de la empresa y se divide en cinco masas patrimoniales

  • Fijo → Activo no corriente, Patrimonio neto = Fondos propios
  • Circulante → Activo corriente, Pasivo corriente = Pasivo a largo plazo
  • Pasivo corriente = Pasivo a corto plazo

Estructura económica → Estructura financiera

El activo no corriente debe financiarse por → Fondos propios

→ Recursos ajenos a largo plazo

El activo corriente puede ser financiado por → Deudas a corto plazo (pasivo corriente), pero es recomendable para mantener el equilibrio financiero que parte sea financiado con pasivo no corriente

Fondo de Maniobra: Se utiliza para conocer la situación financiera de la empresa. Parte del activo corriente financiado con recursos a largo plazo

Fondo de Maniobra = Activo corriente – Pasivo corriente

Puede ser:

  • Positivo: cuanto mayor sea mejor situación financiera de la empresa
  • Negativo: la empresa no podrá hacer frente a sus deudas a corto plazo
  • Nulo: la empresa está en riesgo de no poder hacer frente a sus deudas a corto plazo

Equilibrio total (máxima estabilidad): la empresa no ha utilizado recursos ajenos para financiar el activo, solo ha utilizado recursos propios

Equilibrio normal (fondo de maniobra positivo): el activo no corriente parte del activo corriente → financiado por pasivo no corriente

Mayor pasivo no corriente → Ampliación capital

→ Utilización reservas

→ Deudas a largo plazo

Concurso (fondo de maniobra negativo): existe desequilibrio financiero. La empresa no puede hacer frente a sus deudas a corto plazo y deja de hacer frente a sus pagos.

Insolvencia: Suspensión de pagos o quiebra → Conocida legalmente como concurso

Por convenio con acreedores se pueden establecer → Rebajas (quitas) y moratorias (esperas)

Análisis Financiero

Ratios (proporción que se establece entre dos cantidades) su finalidad es estudiar la solvencia y la liquidez que son capacidades para cumplir con sus obligaciones

Tesorería: Efectivo / Pasivo corriente → Indica liquidez inmediata 0.75-1

Liquidez: Activo corriente / Pasivo corriente → Indica solvencia a corto plazo 1.5-2

Garantía (garantía que tienen los acreedores de cobrar sus deudas): Activo real / Exigible total = Activo real / Pasivo no corriente + Pasivo corriente → Indica la solvencia a largo plazo 1.5-2

Cuenta de Pérdidas y Ganancias

Obligada elaboración para las sociedades

Nos informa del resultado final de la empresa a efectos de beneficios o pérdidas y de los resultados parciales

– Ingresos: Incremento del patrimonio neto de la empresa durante el ejercicio. Mayor valor de activos, menor valor de pasivos → No aportaciones de socios o propietarios

– Gastos: Detrimentos del patrimonio neto x. Salidas o menor valor de activos, mayor reconocimiento o valor de pasivos → No distribuciones de socios o propietarios

Análisis de la cuenta de pérdidas mayor ganancias: comprobar si la empresa obtiene beneficio por buena gestión comercial o fruto de ganancias extraordinarias

Análisis económico (rentabilidad): Estudia la estructura y evolución de resultado de la empresa y la rentabilidad de capitales utilizados.

– Rentabilidad económica: Mide el rendimiento que se obtiene de los activos utilizados en producción con independencia de quien financie la inversión. R.E = (Resultado de la exploración (BAII) / Activo total) x 100

– Rentabilidad financiera: Mide la rentabilidad que obtienen los dueños, es decir, la rentabilidad del capital que han invertido directamente y de las reservas

R.F = (Resultado del ejercicio (beneficio neto) / Patrimonio neto) x 100

Estado de Cambios en el Patrimonio Neto en PYMES

Desde 2017 + documento voluntario

Operaciones que obligan a la empresa a devolver dinero: Extinción de la empresa; cuando se asocia a otra y no estoy de acuerdo; cuando cambia la razón social

Memoria

Debe incluir:

  • Actividad de la empresa + objeto social y actividades
  • Bases de presentación de cuentas anuales
  • Normas de registro y valoración
  • Inmovilizado material, intangible e inversible inmovilización
  • Activos financieros: relación y valoración
  • Pasivos financieros
  • Fondos propios
  • Situación fiscal
  • Operaciones con partes vinculadas
  • Otra información: número medio de personas contratadas naturales del negocio que no figuren en el acta

El modelo de memoria recoge la información mínima por cumplimentar debe incluirse cualquier información que sea necesaria para permitir el conocimiento de la situación y actividad = datos cualitativos correspondientes a la situación del ejercicio anterior

Impuestos: Tributos que nacen de la obligación legal de contribuir en función de nuestro poder adquisitivo

IRPF (tributo de carácter personal y directo): Impuesto sobre la renta de las personas físicas

– Rendimiento del trabajo (paga el trabajador)

– Rendimiento del capital (que paga el dueño de una cuenta…)

– Rendimiento de actividades económicas (paga el empresario individual)

– Ganancias y pérdidas patronales (paga el que vende un bien obteniendo una ganancia con respecto a su compra)

Internet – de abril a junio; presencial – mediados de mayo a junio → Agencia tributaria donde el contribuyente tenga su domicilio fiscal, internet o bancos o cajas autorizadas.

Ejemplo de actividades económicas: Actividades de fabricación, comercio, prestación de servicios, artesanía, actividad agrícola, actividad forestal ganadera y pescadera, de construcción, ejerción de profesiones

Obligados: Cuando radique en España en núcleo principal o base de sus actividades empresariales o intereses económicos independientemente de donde residan.

Determinación del rendimiento neto: Estimación directa normal; Estimación directa simplificada; Estimación objetiva

Estimación directa normal: Consiste en la renta real obtenida por el empresario por la diferencia de ingresos de gastos computables

Ingresos – Gastos – Reducciones = Rendimiento neto reducido

Ingresos computables: Considerados como tales por las normas previstas en el código de comercio → Venta de bienes y servicios, subvenciones, indemnizaciones…

Gastos deducibles: Gastos de personal, compras consumidas, tributos, suministros… Considerados como tales por el código de comercio. No son gastos deducibles las aportaciones a mutualidades de previsión social del propio empresario y profesional.

Reducciones: Son variables, empresarios con discapacidad

Estimación directa simplificada (Ingresos – Gastos = Rendimiento neto – 5% Rendimiento neto previo (máximo 2000€ – Reducciones = Rendimiento neto reducido)

Estimación objetiva: Actividades que reúnen ciertos requisitos

– Venga en la orden ministerial que cada año desarrolla el régimen: Comercio al por menor, bares, restaurantes, hoteles…

– No haber superado en un año inmediato anterior los límites fijados en la orden ministerial.

Cuota Íntegra Tributaria

Novedades reglamento IRPF publica en ministerio anualmente

Rendimiento notas +/- Ganancias y pérdidas patrimoniales → Base imponible

Base liquidable x tipo impositivo = Cuota íntegra

Cuota íntegra – Deducciones = Cuota líquida

Cuota líquida – Retenciones = Cuota diferencial

Reducciones de base imponible → Mínimo del contribuyente, por descendientes, por ascendiente, por discapacidad, mínimo personal y familiar

Otras deducciones: Aportaciones a planes de pensiones y mutuas de prevención; Pensiones compensatorias por tributación conjunta

IRPF → Gravamen estatal e gravamen autonómico

Residente habitual en comunidad autónoma:

– Permanece en el territorio con mayor número de días del período impositivo

– Comunidad autónoma donde tenga su principal centro de intereses

– El último lugar de su última residencia declarada a efectos IRPF

Actividades recién estimación directa → 20% de rendimiento neto

Actividades en recién estimación objetiva → 4% rendimiento neto

Cuota líquida tributaria

– Cuota líquida estatal: Resultado de disminuir la parte estatal de la cuota íntegra en el 50% del importe total de la deducción

– Cuota líquida autonómica: Resultado de disminuir la parte autonómica de la cuota íntegra un 50% del importe total de la deducción que se tenga derecho

Deducciones Nivel Estándar

Participaciones en empresas de nueva deducir de la cuota íntegra 30% de cantidades invertidas hasta máximo 6000.000€ NI: Inversión vivienda habitual.

– Actividades económicas por estímulos a la inversión empresarial

– Donativos (ONG, Cáritas)

– Obtención de restos en Ceuta e Melilla

– Por cuenta ahorro empresa

Deducciones Nivel Autonómico

Deducciones por inversiones en patrimonio histórico nacimiento de hijos, acogimiento de minusválidos, arrendamiento de vivienda

Ni parte estatal ni parte autonómica de la cuota líquida pueden resultar negativas

Cuota líquida – Cuota líquida estatal + Cuota líquida autonómica

Cuota Diferencial

Cantidad que finalmente debe ser ingresada en hacienda pública, será resultado de restar a la cuota líquida total del impuesto las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionarios

Activ profesionales: Retenciones e ingresos a cuenta → 15%, 7% inicio de actividad durante los 3 primeros ejercicios.

Impuesto Sociedades

Tributo de carácter directo y personal que grava la resta de las sociedades y demás entidades jurídicas residentes en España.

Requisitos: Constituidos conforme a leyes españolas domicilio social en territorio español. Sede de dirección ejecutiva en tributario español que radique dirección y control del conjunto de sus actividades

Exentos de IS: Estado, comunidades autónomas y entidades organismos autónomos del estado bancario de España, entidades de la seguridad social

Tipo general aplicable para los contribuyentes → 25%; 15% entidades nueva creación en 1 período impositivo que base imponible sea positiva y en el siguiente.

Tipos especiales: 10% entidades sin fines lucrativos y asociaciones declaradas de utilidad pública (asociación cultural de clubs); 20% sociedades cooperativas fiscalmente protegidas

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