Fundamentos de la Deuda Pública: Conceptos, Tipos y Ciclo de Vida

Conceptos Fundamentales de la Deuda Pública

1. Definición Jurídica de Deuda Pública

La deuda pública se define jurídicamente como un contrato de préstamo voluntario (no coactivo) por parte de los particulares al Estado. Se materializa en títulos representativos de una parte alícuota de un crédito concedido al Estado. Aunque los títulos son intangibles, existe un resguardo de la operación de compra.

  • Cuentan con la garantía del Estado, lo que los convierte en una de las inversiones más seguras.
  • Para quienes los compran, son un activo financiero, ya que aumentan su posición acreedora frente al Estado (derecho de cobro). Para el Estado, suponen un pasivo financiero.
  • Es un ingreso voluntario, pues el Estado no puede obligar a los particulares a comprar deuda pública.

Excepción: Deuda Pública Forzosa

En casos excepcionales, puede existir la deuda pública forzosa, donde se obliga a adquirir y mantener títulos de deuda pública. Un ejemplo histórico es el coeficiente obligatorio de caja impuesto a las entidades bancarias.

2. Características de los Valores del Tesoro

Todos los valores del Tesoro son de renta fija. Esto significa que el emisor del título (el Estado) reconoce formalmente ante la ley (Presupuestos Generales del Estado) la cuantía de la deuda contraída. El particular, poseedor del título e inversor, sabe exactamente lo que el Estado le debe, y ese valor no va a cambiar.

2.1. Valor Nominal (VN)

El valor nominal es el valor al que se emite un título por primera vez al mercado. En el caso de los títulos de renta fija del Estado (letras, bonos y obligaciones), al ser amortizados a la par (por el valor al que salen), el VN es el que el Estado devolverá al vencimiento de la deuda. En las Letras del Tesoro, el VN siempre es de 1000 €.

2.2. Valor de Emisión (VE)

El valor de emisión es el importe por el que se ponen los títulos en circulación. Pueden no salir al valor nominal. Las emisiones bajo la par ocurren cuando las letras, por ejemplo, salen por debajo de 1000 €, pero al vencimiento el Estado abonará los 1000 € correspondientes al VN.

2.3. Valor de Cotización

El valor de cotización es el precio de un título en el mercado secundario en un momento dado.

  • La cotización de los valores del Estado en los mercados secundarios depende principalmente de la evolución de los tipos de interés.
  • Al igual que todos los valores de renta fija, la cotización de los valores del Estado evoluciona de forma inversa a los tipos de interés. Cuando estos bajan, la cotización sube.

2.4. Valor de Reembolso o Valor de Amortización

El valor de reembolso o valor de amortización es el valor que tendrá el título de renta fija en su fecha de vencimiento o amortización. Si se vende antes del vencimiento, la letra tendrá valor de cotización, pero si se espera al vencimiento, se habla de valor de reembolso o amortización, que es igual al VN (1000 € en las Letras del Tesoro).

3. Equivalencia Ricardiana

La equivalencia ricardiana plantea la cuestión de cómo el Estado pagará la deuda emitida hace años al momento de su vencimiento. La teoría sugiere que se hará mediante la subida de impuestos a las nuevas generaciones, equivalentes al importe de la deuda emitida. Esto implica una equivalencia financiera entre dos cantidades iguales, pero en momentos diferentes.

Entre la deuda pública y la imposición existe una equivalencia implícita, pues, al margen de su diferimiento en el tiempo, el pago de la deuda acumulada exige el establecimiento de los impuestos necesarios para su liquidación.

Tipos de Deuda Pública

1. Según el Plazo de Vencimiento

  • Deuda a Corto Plazo (C/P)

    Un único tipo: Letras del Tesoro. Son valores que emite el Tesoro Público para financiarse a corto plazo. Actualmente, en España, el Tesoro emite letras a 3, 6, 9 y 12 meses. La finalidad de la emisión de letras es utilizarlas como instrumento de Política Monetaria (PM) para controlar los tipos de interés y la cantidad de dinero en la economía.

  • Deuda a Largo Plazo (L/P)

    Son los Bonos del Estado (medio plazo) y las Obligaciones del Estado (largo plazo). La deuda del Estado recibe estas denominaciones cuando su plazo de vida es superior a 2 años. Actualmente, en España, el Tesoro emite bonos con plazo de amortización a 2, 3 y 5 años, y obligaciones a 10, 15 y 30 años. Su finalidad es esencialmente financiera: se utilizan para financiar el Gasto Público (GP) excesivo, cuya amortización será soportada por otras generaciones.

  • Deuda Amortizable / Perpetua

    La deuda perpetua no tiene plazo de vencimiento. Actualmente no se emite. Históricamente, nunca se devolvía el importe a los inversores, pero estos disponían de una renta vitalicia.

2. Según el Mercado de Emisión

  • Deuda Pública Interna

    Capta los fondos en el país y se denomina en su moneda.

  • Deuda Pública Externa

    Está denominada en una divisa de otro país.

3. Según el Ámbito Institucional (Institución Emisora)

  • Deuda del Estado

    Es la que emite la Administración Central.

  • Deuda del Sector Público

    Es la que emiten todos los organismos que integran el Sector Público (SP), incluyendo las empresas públicas.

Ciclo Vital de la Deuda Pública

El ciclo vital de la deuda pública comprende las fases de emisión, suscripción, conversión, amortización y repudio. No todas las deudas públicas pasan obligatoriamente por todas estas fases, pero podrían hacerlo. Las fases de emisión y amortización son siempre presentes.

1. Emisión

La emisión es la apelación del Sector Público al ahorro de los particulares.

  • El Valor de Emisión (VE) es el valor por el que se ponen los títulos en circulación. No tiene que ser el Valor Nominal (VN), que es el que se devolverá al amortizarse.
  • Emisión a la Par

    Ocurre cuando se ofrecen a los tenedores potenciales de deuda las mismas condiciones (nominal de títulos e intereses) que imperan en el mercado privado de valores.

  • Emisión Bajo la Par (Valor de Paridad)

    Se ofrece a los inversores un interés inferior al del mercado, pero sigue siendo atractivo porque el valor por el que sale o se emite compensa ese interés inferior.

    Ejemplo de Cálculo del Valor de Paridad:

    ¿A qué precio debería emitir la deuda pública el SP si ofrece intereses inferiores a los del mercado?

    • Valor Nominal (VN) del título en el mercado: 100 €
    • Interés de la deuda pública del SP (R): 5%
    • Interés de mercado (i): 10%

    En esta situación, nadie compraría deuda pública. Pero el SP calcula el valor de paridad:

    Valor de Paridad = VN x (R / i)

    Valor de Paridad = 100 € x (5% / 10%) = 100 € x 0.5 = 50 €

    El valor de emisión del SP sería de 50 € (valor de paridad).

2. Suscripción

La suscripción es la adquisición de valores en el mercado primario, es decir, en el momento en que estos se emiten y se ofrecen al público por primera vez. Además, todos los valores del Tesoro se negocian en un mercado secundario muy activo, donde se intercambian letras, bonos y obligaciones ya emitidos, y en el que participan la inmensa mayoría de los intermediarios financieros. Una ventaja importante para el inversor es que le permite invertir a plazos distintos de los 3, 6, 9 y 12 meses de las letras o de los 3, 5, 10, 15 y 30 años de los bonos y obligaciones.

¿Qué ocurre cuando la demanda de títulos es mayor que la oferta?

  • Se puede establecer un sistema de prorrateo entre los solicitantes.
  • Se puede utilizar un sistema de subasta: en lugar de emitirse el título al público con un interés preestablecido, se pide a los interesados que oferten el interés que estarían dispuestos a pagar (subasta a la baja).

3. Conversión

La conversión es una operación infrecuente en la que el Estado, unilateralmente, cambia las condiciones de la emisión, intentando no lesionar los derechos adquiridos del tenedor de la deuda en el momento de suscribirla.

4. Amortización

La amortización es la operación por la que el Sector Público reembolsa o devuelve el nominal por cada título, más los intereses si son obligaciones o bonos (o sin intereses si son letras) a los tenedores de la deuda.

  • El valor de reembolso o valor de amortización es el importe que recibirá el poseedor de un título de renta fija en la fecha de vencimiento o amortización del mismo.
  • Cuando los títulos se amorticen a la par, el valor de reembolso coincidirá con su valor nominal.

Tipos de Amortización

  • Deuda Pública Amortizable

    La devolución se puede realizar de una sola vez en el momento del vencimiento o a lo largo de un periodo de tiempo. En este último caso, existen dos vías:

    • Amortización por anualidades temporales: Cada año se reembolsa parte del principal y se pagan los intereses generados por la parte del principal no amortizado.
    • Amortización anual por sorteo: Cada año se determina mediante sorteo los títulos vivos que se amortizan. Los títulos son seriados.
  • Deuda Perpetua

    En estos casos, el Sector Público no tiene la obligación de amortizar la deuda, sino la de pagar los intereses. No obstante, hay dos variedades:

    • Deuda pública denunciable: El SP se reserva el derecho de amortizar la deuda, de devolver el capital, aunque no está obligado a hacerlo. Es decir, es denunciable solo unilateralmente por el SP.
    • Deuda pública no denunciable en ningún caso: El SP no tiene la opción de amortizarla.

    Adicionalmente, el SP puede realizar operaciones de amortización por autocartera. En este caso, el SP realiza una operación de «open market», adquiere los títulos y los destruye.

5. Repudio

El repudio es una operación unilateral del Sector Público mediante la que decide no pagar, en todo o en parte, los intereses o el principal de la deuda. El repudio puede ser manifiesto (declarado abiertamente) o encubierto. En este segundo caso, el SP crea un impuesto especial sobre los intereses de la deuda para reducir el pago efectivo.

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