Fundamentos de las Finanzas Públicas y el Derecho Financiero

Clases de Finanzas

Finanzas Privadas

Es el conjunto de recursos, bienes privados o dinero que tiene una persona para realizar una serie de actividades dentro de su vida diaria o dentro de una empresa.

Finanzas Públicas

Se definen como el conjunto de recursos públicos que el Estado administra para la satisfacción de las necesidades colectivas por medio del gasto público.

Asimismo, las Finanzas Públicas se encargan del reparto de la carga presupuestaria entre los contribuyentes, de acuerdo con un principio de política social.

División de las Finanzas Públicas

  • 1. Ingresos Públicos: Recursos públicos e ingresos del Estado.
  • 2. Gasto Público: Egresos realizados por el Estado.
  • 3. Deuda Pública: Endeudamiento público interno y externo.
  • 4. Política Fiscal: Sistema fiscal y económico.

Contenido de las Finanzas Públicas

Principios

Son directrices y parámetros que regulan la financiación de las actividades del Estado para cumplir con los fines de este.

Instituciones

Están compuestas por las siguientes categorías:

  • Recursos públicos
  • Tributos
  • Gasto público
  • Presupuesto
  • Deuda pública

Valores

Permiten a las finanzas públicas dar prioridad a la conveniencia pública e intereses públicos; bajo esa premisa, la actividad financiera del Estado es de interés general.

Objetivos de las Finanzas Públicas

  • Satisfacer las necesidades de la sociedad.
  • Procurar el desarrollo económico del país.
  • Elevar el nivel de vida de la población.

Características de las Finanzas Públicas

Instrumentos Legales

La planificación, ejecución y fiscalización tienen su base en normas de derecho.

Beneficio Común

Busca lograr el bien común de todos los administrados.

Control del Estado

Su desarrollo se encuentra a cargo del Estado por medio de órganos, instituciones y dependencias.

Carácter Coercitivo

Posee un carácter coercitivo, manifestado principalmente en el cobro de tributos.

Ciencias que estudian las Finanzas Públicas

  • Sociología: Estudia el comportamiento social para definir estrategias y políticas financieras.
  • Economía: Determina el impacto de las cargas tributarias y su incidencia en la economía.
  • Derecho: Determina las normas que regulan la actividad financiera del Estado.
  • Ciencia Política: Se encarga del control político de las finanzas del Estado y su impacto social.

Denominación de las Finanzas Públicas

  1. Clásica: Sostenía que si hay gastos, estos deben ser cubiertos.
  2. Moderna: Su enfoque se centra en determinar la calidad del gasto público.

Derecho Financiero

Es un conjunto de ramas jurídicas que regulan la actuación del Estado para la obtención, manejo y aplicación de los recursos necesarios en vías de la consecución de sus fines.

Órganos

Ministerio de Finanzas Públicas, Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), Banco de Guatemala, Junta Monetaria, Contraloría General de Cuentas (CGC) y Organismo Legislativo.

Medios

Constitución Política, Presupuesto General de la Nación, Ley de la Contraloría General de Cuentas, Leyes Tributarias y Reglamentos.

Relaciones

  • Particulares – Estado.
  • Estado – Particulares.
  • Otros Estados – Estado.

Contenido del Derecho Financiero

  1. Teórico o doctrinario.
  2. Práctico.
  3. Normativo.

Características del Derecho Financiero

Autónomo

Tiene principios propios; su fin y objeto son distintos a otras ramas del derecho, lo cual no significa que no actúe de forma coordinada con ellas.

Público

Las normas regulan un orden jurídico relativo a las finanzas del Estado, además de regular las relaciones del Estado con los particulares, otros Estados e instituciones internacionales.

Sistemático

Posee una estructura completa y un sistema de interpretación que permite resolver y solucionar problemas legales que surgen de la actividad financiera del Estado.

Poder Financiero

Conjunto de competencias constitucionales y de potestades administrativas de las que goza el Estado, como representante del interés colectivo, para ordenar jurídicamente la actividad financiera.

Límites del Poder Financiero

  • Constitucionales: Comprenden aquellas disposiciones y principios contenidos en la Constitución Política de la República que limitan la potestad financiera y tributaria del Estado.
  • Territoriales: Se aplican en aquellos órganos públicos con potestad para administrar sus propios recursos e imponer sus impuestos dentro de su jurisdicción.

Fuentes del Derecho Financiero

  • Constitución: Es la norma suprema del Estado; constituye la fuente fundamental de las normas financieras y los principios que limitan la potestad o poder financiero.
  • Tratados y Convenios: Son normas internacionales ratificadas por un Estado que regulan ciertos aspectos de la actividad financiera estatal.
  • Leyes: Son las normas emanadas del poder legislativo.
  • Reglamentos: Son las normas que generalmente emite el Organismo Ejecutivo, las cuales desarrollan el contenido y aplicación de una ley ordinaria.

Relación con otras Ciencias del Derecho

  • Constitucional: Control constitucional y límites a la potestad financiera del Estado.
  • Administrativo: Relativo a los órganos, instituciones y entidades del Estado.

División del Derecho Financiero

  • Derecho Monetario: Regula lo relacionado a la emisión y circulación de la moneda, el intercambio de divisas y las relaciones internacionales vinculadas con el dinero.
  • Derecho Tributario: Rama del derecho público que regula la relación jurídica tributaria e identifica cada uno de sus elementos.
  • Derecho Presupuestario: Conjunto de normas y principios que determinan el régimen jurídico temporal de gestión, empleo y contabilidad de los caudales que alimentan al tesoro público.
  • Derecho Patrimonial: Integrado por un conjunto de relaciones de contenido económico que pueden ser de naturaleza real o de naturaleza jurídico-obligacional.

Actividad Financiera del Estado

Es la actividad que desarrolla el Estado con el objeto de procurarse los medios necesarios para los gastos públicos destinados a la satisfacción de las necesidades públicas.

Actividades Indispensables

  1. Actividades legislativas.
  2. Actividades jurídicas.
  3. Actividades políticas.
  4. Actividades culturales.

Fines de la Actividad

  • Corriente del Naturalismo: Procura la intervención mínima del Estado; su única finalidad era invertir recursos para cubrir necesidades esenciales.
  • Corriente del Intervencionismo: El Estado debe actuar e intervenir para encauzar las actividades financieras y alcanzar el bien colectivo por medio de la prestación de servicios públicos.

Momentos de la Actividad Financiera

1. Obtención o Captación de Recursos

Momento en el cual se recaudan los recursos que serán distribuidos posteriormente. Se divide en:

  • Actividades de Derecho Privado: Explotación de patrimonio propio, renta y venta de bienes, y concesiones de bienes y servicios públicos.
  • Actividades de Derecho Público: Captación de tributos, arbitrios, aranceles, donaciones y empréstitos.

2. Gestión o Manejo de los Recursos

Momento en el cual se administran los recursos obtenidos mediante la distribución de ingresos tributarios y la elaboración del presupuesto.

3. Momento de la Distribución

Fase en la que se distribuyen los recursos en los distintos gastos públicos, tales como la prestación de servicios públicos y programas de gobierno.

Momento de la Fiscalización

Fase en la cual se fiscaliza la administración y ejecución de los recursos por parte de la CGC, el Organismo Legislativo, la Corte de Constitucionalidad (CC) y el Ministerio Público (MP).

Instituciones en la Actividad Financiera del Estado

  • De Administración: Administran los recursos públicos y fijan las políticas financieras, económicas y sociales para alcanzar los objetivos constitucionales.
  • De Recaudación: Proveen servicios públicos y recaudan fondos a través de los tributos.
  • De Fiscalización: Su función principal es la fiscalización de los recursos públicos.
  • Gobiernos Locales: Ejercen actividades de recaudación y administración de sus propios recursos dentro de su jurisdicción.
  • Empresas Públicas: Propiedad del Estado y municipalidades que realizan captación de recursos.
  • Otras Entidades: Creadas para el fomento de inversiones (turísticas, industriales, mineras, etc.).

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