Léxico contable

10. EL PROCESO DE REGULARIZACIÓN CONTABLE Y EL CIERRE DEL EJERCICIO
La actividad de una empresa se divide en ciclos o en unidades de tiempo que se denominan ejercicios
económicos. Estos ciclos pueden tener una duración variable de tiempo y empezar y finalizar, en cualquier
fecha del año, pero generalmente se establecen con carácter anual y coincidiendo con el año natural, es
decir, cada ejercicio económico comienza el día 1 de Enero termina el día 31 de Diciembre.
Al final de cada ejercicio económico, la empresa realizaba el cálculo del resultado de su actividad durante
el mismo determinando con precisión el beneficio o la pérdida experimentados y su situación patrimonial.
Estos datos son tomados como base para realizar el análisis sobre su actividad empresarial y efectuar un
proyecto para ejercicio siguiente.
Para poder determinar el resultado económico a través de la contabilidad, la empresa necesita realizar,
aparte de los registros contables que ya hemos visto, ciertas anotaciones de carácter específico
correspondientes al fin de ejercicio.
A. Periodificación de gastos e ingresos.
Periodificación de gastos e ingresos. Operaciones mediante las cuales se repercute a cada ejercicio
económico los gastos que realmente le corresponde, registrando contablemente los que faltasen, y/o
rectificando en su caso las contabilizaciones anteriormente efectuadas.
Puede suceder que al finalizar el año la empresa tenga gastos e ingresos pendientes de pagar y cobrar,
respectivamente, porque aún no ha llegado el momento para la exigencia del desembolso. Estos pagos y
cobros pendientes se denominan pagos y cobros diferidos.
También puede suceder que se hayan pagado gastos o cobrado ingresos que correspondan, en todo o en
parte, al ejercicio siguiente. Estos se denominan gastos e ingresos anticipados.
Pagos y cobros diferidos.
El resultado económico debe recoger todos los gastos de ingresos que correspondan al ejercicio aunque
aún no haya tenido lugar su pago o su ingreso.
Así pues, es necesario contabilizar los gastos pendientes de
pagar o los ingresos pendientes de cobrar, es decir, hay que realizar los asientos contables ya registrarlos
en sus cuentas correspondientes.
Gastos e ingresos anticipados.
Para calcular correctamente el resultado del ejercicio también hay que investigar si se han pagado gastos
o realizado ingresos que correspondan al ejercicio siguiente.
Debemos corregir la contabilización que se haya realizado estos gastos o ingresos, efectuando unos
nuevos asientos contables para descontar los importes que no correspondan al ejercicio actual.
9. EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS.
Con el fin de facilitar la aplicación del plan general contables a estas empresas, se ha realizado una
adaptación del mismo eliminando algunas de las cuentas que no van a ser utilizadas, y eliminando
justificando la presentación de algunos documentos.
La aplicación de este plan es voluntaria para estas empresas que pueden elegir entre utilizar el plan
general contable o el plan general contable de pequeñas y medianas empresas.
El Plan general de contabilidad de pequeñas y medianas empresas presenta la misma estructura que el
plan general de contabilidad, por lo que se divide en cinco partes, de las cuales (al igual que el plan general
contable) son obligatorias para las empresas las tres primeras. Sus principales diferencias con el plan
general contable son las siguientes:
1ª parte: Marco conceptual de la contabilidad. Está partes prácticamente la misma en ambos plantes.
2ª parte: normas de registro y de valoración. Se han eliminado algunas normas relativas a ciertas
operaciones que se consideran como de escasa realización por las pequeñas y medianas empresas.
3ª parte: cuentas anuales se presenta un solo modelo abreviado de cuentas anuales plan general contable
se incluye además de este modelo otro de carácter general.
4ª parte: cuadro de cuentas, y quinta partes: definiciones y relaciones contables. Se contemplan sólo los
siete primeros grupos de cuentas del plan general contable, no los grupos 8 y 9.
¿Qué empresas pueden aplicar el plan general de contabilidad de pequeñas y medianas empresas?
Pueden aplicar el plan general contable de pequeñas y medianas empresas todas las empresas cualquiera
que sea su forma jurídica, que durante dos ejercicios consecutivos a reúnan al final de cada uno de ellos al
menos dos de las circunstancias siguientes:
Que el total de las partidas del activo o no supere 2.850.000€
Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere 5.700.000€
Que el número medio de trabajadores empleados en ejercicio no sea superior a 50
Para las empresas nuevas que comience su actividad, el requisito para aplicar este plan es que al cierre del
primer año pueden reunir al menos dos de las anteriores condiciones.

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