Responsabilidad de los socios que aportaron cada uno la misma cantidad en una sociedad anónima

Sociedad anónima:


es una sociedad mercantil de carácter capitalista, cuyo capital social está dividido en partes iguales llamadas acciones, y la responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada. Entre las carácterísticas más importantes de una sociedad limitada destacan las siguientes:Son sociedades capitalistas que se constituyen con aportaciones en dinero, bienes o derechos de los socios. A cada socio le corresponde un número de acciones según su aportación.El capital mínimo es de 60101,21 y deberá estar totalmente suscrito (comprometida la compra de sus acciones) y desembolsado al menos en un 25% en el momento de constituirse la sociedad. El resto de las cantidades pendientes se deben desembolsar en el tiempo y forma que fijen los estatutos de la sociedad.La sociedad se puede constituir con 10 ó más socios, si se constituye con un único socio, la sociedad hará constar su condición de unipersonal en su denominación.Los socios tienen su responsabilidad limitada al capital aportado, es decir, solo pueden perder el dinero invertido, y por tanto, su patrimonio personal no queda comprometido.En su denominación o razón social, junto con el nombre deberá figurar la expresión “sociedad anónima” ó S.A.

SUS ÓRGANOS DE GOBIERNO SON:


La junta general de accionistas

Es el órgano supremo de la sociedad, en el que participan los accionistas para deliberar y decidir sobre los asuntos más importantes de la empresa: aprobar los estatutos, elegir a los administradores y exigirles responsabilidades, aprobar las cuentas anuales, así como los acuerdos de transformación o disolución de la sociedad. Los acuerdos adoptados en la junta general de accionistas se toman por mayoría del capital presente o representado, y el número de votos de cada accionista es proporcional al número de sus acciones. Esta junta general puede adoptar varias formas:

Junta general ordinaria:

se reúne dentro de los 6 primeros meses de cada ejercicio para valorar la gestión de los administradores y aprobar, en su caso, las cuentas del ejercicio anterior y decidir qué hacer en cuanto al reparto de beneficios.

Junta general extraordinaria:

se podrán convocar reuniones extraordinarias de la junta general para tratar asuntos urgentes que requieran la aprobación de la junta general.

Junta universal:

se produce cuando en una reuníón de la junta general están todos los accionistas, y los asistentes acuerdan por unanimidad la celebración de una junta universal y los asuntos que se tratarán en ella.

El consejo de administración o administradores

Es el órgano de gestión y representación de la sociedad. Sus miembros son elegidos por la junta general. Puede adoptar varias formas.Unipersonal o administrador único.Varios administradores solidarios (cada uno por sí solo puede tomar decisiones) o dos mancomunados (ambos pueden tomar las decisiones por unanimidad).Consejo de administración. Los miembros de este consejo (3 ó más), elegidos por la junta general, gestionarán y representarán a la sociedad colectivamente.

VENTAJAS E INCONVENIENTES DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS:

Como ventajas, además de la responsabilidad limitada al capital aportado, están:La facilidad para vender las acciones unida a la existencia de mercados como la bolsa, para negociar las acciones con rapidez. Esto permite a su titular, recuperar la inversión cuando lo desee, lo que supone una ventaja para el accionista.Es la única sociedad que puede acceder al mercado financiero mediante la emisión de bonos y obligaciones o cotizar en bolsa. Esta posibilidad para captar el ahorro de pequeños inversores hacen que las sociedades anónimas puedan disponer fácilmente de importantes recursos para financiar sus inversiones de crecimiento.Las sociedades anónimas favorecen la separación entre la propiedad y la gestión, lo que posibilita la contratación de directivos profesionales y facilita la continuidad de la empresa con independencia de sus socios fundadores. Esta ventaja de la capacidad directiva y la facilidad para obtener financiación, explican el éxito de las sociedades anónimas.


Sociedad cooperativa:


las cooperativas son sociedades constituidas por personas que tienen intereses o necesidades comunes y que se asocian para realizar una actividad empresarial dirigida a satisfacerlas. Se inspiran en principios de funcionamiento democrático y no tienen ánimo de lucro. Los cooperativistas aportan capital y trabajo, y su responsabilidad queda limitada al capital aportado. Sus principales carácterísticas son:Se basa en la solidaridad de los socios y en el principio democrático de una persona un voto, con independencia de lo que haya aportado cada uno.Los socios aportan capital y trabajo, y su responsabilidad por las deudas sociales están limitadas al capital aportado.El capital social mínimo será el fijado en los estatutos y estará dividido en aportaciones nominativas de los socios No tienen ánimo de lucro. Los beneficios (llamados excedentes) suelen reinvertirse en la empresa, y por ley una parte debe destinarse a la creación de un fondo de reserva para garantizar el desarrollo de la cooperativa, y de un fondo de educación y promoción para la formación de los socios y la promoción del entorno local.En su denominación, junto con el nombre deberá figurar “sociedad cooperativa” ó S.Coop.Tributan por el impuesto de sociedades pero con bonificación fiscales.Según el grado de asociación se distinguen dos tipos de cooperativas:De primer grado: los socios son personas físicas o jurídicas. El número mínimo de socios varía entre 3 y 5, en función de cada comunidad autónoma.De segundo grado: están formadas por dos o más cooperativas de primer grado, es decir, son el resultado de la asociación de cooperativas.Según el interés que une a los socios, se diferencian tres tipos de cooperativas:De trabajo asociado: sus socios son los propios trabajadores, que ponen en común sus bienes y su trabajo para producir bienes y servicios.De venta: sus socios se unen para comercializar sus productos con la finalidad de obtener unas condiciones mejores de las que tendrían por separado, como ocurre con las cooperativas agrarias.De consumo: sus socios pretenden obtener unos productos o servicios en unas condiciones más favorables de las que tendrían individualmente. Algunos ejemplos son las cooperativas de consumidores, de vivienda, de crédito, etc.SUS ÓRGANOS DE GOBIERNO SON:

La asamblea general

Es la reuníón de todos los socios, en la que como órgano máximo de gobierno, se examina la gestión social, se aprueban las cuentas anuales y se decide sobre los resultados.

El consejo rector

Es el órgano de gestión y representación de la sociedad.

Los interventores

Estos vigilan y controlan las cuentas anuales de la cooperativa.

VENTAJAS E INCONVENIENTES DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS:

Además de los beneficios fiscales, la principal ventaja de estas empresas es que la uníón surge para realizar una actividad beneficiosa para los socios con el efecto motivador que ello conlleva. La participación de los trabajadores en la gestión social y en la realización de las tareas, refuerza su identificación con los fines propios de la cooperativa. Además, en las cooperativas de trabajadores, el objetivo prioritario es la defensa del empleo, por lo que en épocas de crisis, lo último que se pierde es el puesto de empleo.Entre sus inconvenientes, destaca el de que los socios pueden no estar dispuestos a realizar inversiones a largo plazo, que superan el tiempo que ellos prevén permanecer en la empresa.

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