Principios constitucionales de la actividad económica
Los principios del orden público económico constituyen la base sobre la cual los agentes económicos (AE) desarrollan sus actividades.
Derecho a desarrollar cualquier actividad económica
Conforme al Art. 19 N° 21 de la Constitución Política, los agentes económicos pueden desarrollar libremente las actividades económicas que deseen, siempre que no sean contrarias a la moral, al orden público y a la seguridad nacional.
