Tipos de Empresas: Clasificación y Formas Jurídicas Esenciales

Clasificación de las Empresas

Según el Sector Económico

  • Sector Primario: Empresas que obtienen recursos directamente de la naturaleza. Ejemplos: agrícolas, mineras, ganaderas.
  • Sector Secundario: Se dedican a la actividad productiva, transformando unos bienes en otros más útiles para su uso.
  • Sector Terciario: Incluye empresas comerciales y de servicios.
    • Comerciales: Aumentan la utilidad de los bienes porque los ofrecen en el lugar y momento adecuados.
    • Otros servicios: Satisfacen necesidades de diversa naturaleza. Ejemplos: turísticas, sanitarias, hosteleras, docentes, de transporte.

Según su Ámbito de Actuación

  • Locales
  • Regionales
  • Nacionales
  • Multinacionales

Según su Tamaño

  • Grandes: Más de 250 empleados.
  • Medianas: Entre 50 y 249 empleados.
  • Pequeñas: Entre 10 y 49 empleados.
  • Microempresas: Menos de 10 empleados.

Según la Titularidad del Capital

  • Privadas: La propiedad y el control están en manos de particulares.
  • Públicas: El capital y el control pertenecen a la administración pública.
  • Mixtas: El capital proviene de aportaciones tanto públicas como privadas.

Empresario Individual

Es la persona física que ejerce de forma habitual y por cuenta propia una actividad comercial, industrial o profesional, y responde con todo su patrimonio de las deudas de su negocio.

Características

  • Debe ser mayor de edad con plena disponibilidad de sus bienes (o menores a través de representantes legales).
  • No se exige un capital mínimo para su constitución.
  • No existe separación entre los bienes de la empresa y los bienes personales del titular.
  • La gestión y la representación legal corresponden a su titular.
  • La denominación de la empresa será el nombre del titular.
  • El empresario tributa a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por los rendimientos de su actividad económica.
  • No es obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil del acto de constitución.

Ventajas

  • El empresario tiene total autonomía para decidir cómo dirigir la empresa y qué hacer con los beneficios.

Inconvenientes

  • El emprendedor asume una responsabilidad ilimitada.

Sociedad Colectiva

Es una sociedad mercantil de carácter personalista, cuyos socios aportan capital y trabajo, y responden de forma personal, ilimitada y solidaria de las deudas sociales.

Características

  • Requiere un mínimo de dos socios.
  • No hay un mínimo de capital social exigido.
  • La condición de socio es intransferible sin el consentimiento de los demás (es una sociedad basada en la mutua confianza).
  • Los socios responden de forma solidaria, de común acuerdo e ilimitadamente de las deudas sociales.
  • La gestión de la empresa corresponde a todos los socios.
  • En la denominación social debe aparecer el nombre de todos los socios o, al menos, de algunos, añadiendo la expresión «y Compañía».

Sociedad Colectiva Irregular

Existen socios que solo aportan trabajo y no participan en la gestión ni en las pérdidas.

Sociedad Comanditaria Simple

Es una sociedad mercantil de carácter personalista en la que coexisten dos tipos de socios: los colectivos y los comanditarios.

Características

  • El mínimo de socios es de dos.
  • La denominación debe incluir el nombre de todos los socios colectivos o de algunos, añadiendo «y Compañía».

Sociedad Comanditaria por Acciones

Es una variante en la que el capital aportado está representado por acciones. Requiere un mínimo de tres socios y, al menos uno, debe ser socio colectivo.

Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.)

Es una sociedad mercantil de carácter capitalista, cuyo capital está dividido en partes iguales llamadas participaciones. La responsabilidad de los socios se limita al capital aportado.

Características

  • Puede tener uno o más socios. Si es de uno, se denomina Sociedad Unipersonal de Responsabilidad Limitada.
  • El capital social no puede ser inferior a 3.000 euros.
  • La responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada.
  • En su denominación debe aparecer la indicación «Sociedad de Responsabilidad Limitada» o sus abreviaturas «S.R.L.» o «S.L.».

Órganos de Gobierno

  • Junta General: Es el órgano supremo de la sociedad, donde están representados todos los socios. Controla la gestión social, aprueba las cuentas anuales, la distribución del resultado y nombra a los administradores.
  • Administradores: Pueden ser socios o no. Se encargan de la gestión de la empresa y ejecutan las decisiones de la Junta General.

Ventajas

  • Los socios no responden con su patrimonio personal ante las deudas de la sociedad; solo pueden perder el capital aportado.

Desventajas

  • Existen restricciones para que los socios puedan transferir sus participaciones a personas extrañas a la sociedad.

Variantes de la Sociedad Limitada

Sociedad Limitada Nueva Empresa

Ofrece ventajas fiscales y burocráticas. El capital debe estar entre 3.000 y 120.000 euros y no puede tener más de cinco socios.

Sociedad Limitada de Formación Sucesiva

No exige un capital mínimo inicial. Sin embargo, restringe la retribución a socios y administradores y la posibilidad de repartir beneficios. La sociedad perderá su calificación de «formación sucesiva» cuando alcance el capital mínimo de 3.000 euros, pasando a ser una S.L. ordinaria.

Sociedad Anónima (S.A.)

Es una sociedad mercantil de carácter capitalista, cuyo capital social está dividido en partes iguales llamadas acciones.

Características

  • Son sociedades capitalistas.
  • El capital mínimo es de 60.000 euros, que debe estar completamente suscrito y desembolsado al menos en un 25% en el momento de constituirse la sociedad.
  • Puede tener uno o más socios.
  • La responsabilidad de los socios es limitada al capital aportado.
  • En la denominación debe figurar la indicación «Sociedad Anónima» o su abreviatura «S.A.».

Órganos de Gobierno

  • Junta General Ordinaria
  • Junta General Extraordinaria
  • Junta Universal

Las Acciones

Pueden ser nominativas (aparece el nombre del titular) o al portador.

Las acciones confieren los siguientes derechos:

  • Participar en el reparto de los beneficios y en el patrimonio resultante de la liquidación.
  • Tener preferencia para adquirir nuevas acciones.
  • Votar en la Junta General en función del número de acciones que se posean.
  • Estar informado de las actuaciones de los administradores de la sociedad.

Ventajas

  • Facilidad para vender las acciones.
  • Puede acceder al mercado financiero con la emisión de bonos y obligaciones o cotizar en bolsa.
  • Favorece la separación entre propiedad y gestión, posibilitando contratar directivos profesionales y facilitando la continuidad de la empresa con independencia de los socios fundadores.

Inconvenientes

  • Los objetivos de los accionistas y los de los directivos no siempre coinciden.
  • Los accionistas no siempre cuentan con la información suficiente para supervisar la gestión de los directivos.

Sociedades Cooperativas (S.Coop.)

Son sociedades constituidas por personas que tienen intereses o necesidades comunes y se asocian para realizar una actividad empresarial con el fin de satisfacerlas. No tienen ánimo de lucro, aportan capital y trabajo, y su responsabilidad queda limitada al capital aportado.

Características

  • Se basan en la solidaridad: una persona, un voto, independientemente del capital que se haya aportado.
  • Su responsabilidad está limitada al capital aportado.
  • El capital social mínimo se fija en los estatutos y estará dividido en aportaciones.
  • No tienen ánimo de lucro: los beneficios (excedentes) suelen ser reinvertidos en la empresa y una parte se debe destinar a la creación de un fondo de reserva para garantizar el desarrollo de la cooperativa.
  • La denominación debe incluir «Sociedad Cooperativa» o «S.Coop.».
  • Tributan por el Impuesto de Sociedades, pero con bonificaciones fiscales.

Clasificación según el Grado de Asociación

  • De primer grado: Los socios son personas físicas o jurídicas (número mínimo entre 3 y 5).
  • De segundo grado: Formadas por dos o más cooperativas de primer grado.

Clasificación según el Interés que une a los Socios

  • De trabajo asociado: Los socios son los propios trabajadores, que ponen en común sus bienes y trabajo para producir bienes y servicios.
  • De venta: Los socios se unen para comercializar sus productos.
  • De consumo: Los socios pretenden obtener unos productos o servicios en condiciones más favorables que si lo hicieran individualmente.

Órganos de Gobierno

  • Asamblea General
  • Consejo Rector
  • Interventores

Ventajas

  • Los socios se unen para una actividad beneficiosa para todos, con un efecto motivador.
  • Su objetivo prioritario es la defensa y creación de empleo.

Inconvenientes

  • En ocasiones, los socios no están dispuestos a realizar las inversiones necesarias para el crecimiento.

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