Tipos de Sociedades Mercantiles Especiales y Gestión de Recursos Humanos

Sociedades Mercantiles Especiales

Sociedad Laboral

Al menos un 51% del capital social pertenece a los trabajadores, cuya relación laboral es indefinida.

Características Generales de la Sociedad Laboral

  • Ningún socio puede poseer acciones o participaciones que representen más del 33% del capital, excepto entidades públicas (hasta 49%).
  • Número mínimo de socios: 4, y 3 deben ser socios trabajadores.
  • La responsabilidad de los socios es limitada al capital aportado.
  • El capital social, dividido en acciones nominativas o participaciones. Han de suscribirse y desembolsarse al menos el 25% del valor de cada acción si es SALaboral, y el 100% si es Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral. El capital no puede ser inferior a 60.000€ y 3.000€ respectivamente.
  • Acciones y participaciones de dos tipos:
    1. Clase laboral. Destinadas a socios trabajadores.
    2. Clase general. Propiedad de socios no trabajadores, si los hay.
  • Estas sociedades pueden contratar trabajadores no socios con limitaciones: el número de horas trabajadas debe ser un 15% menor que las horas dedicadas por los socios trabajadores, o un 25% para sociedades con menos de 25 trabajadores.
  • Razón social. Cualquier nombre seguido de “Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral” (SLL) o “Sociedad Anónima Laboral” (SAL).
  • Para la transmisión de acciones o participaciones sociales de la clase laboral, hay preferencia para trabajadores indefinidos no socios; después, socios trabajadores, socios de clase general y, finalmente, otros trabajadores sin contrato definido.
  • Estas sociedades deben constituir un fondo especial de reserva con el 10% del beneficio líquido obtenido.

Constitución de la Sociedad Laboral

Deben formalizarse en escritura pública e inscribirse en el Registro Mercantil y en el registro de su comunidad autónoma.

Sociedad Cooperativa

Asociación de personas físicas o jurídicas con intereses o necesidades comunes, que realizan una actividad empresarial. Los resultados económicos, denominados excedentes, se imputan a los socios una vez atendidos los fondos comunitarios.

Características Generales de la Sociedad Cooperativa

  • Pueden ser de primer grado (mínimo 3 socios) y de segundo grado (2 o más personas jurídicas). La incorporación y baja de socios es libre.
  • La responsabilidad de los socios es limitada, salvo que los estatutos digan lo contrario.
  • El capital social mínimo se establece en los estatutos. Ningún socio puede poseer más de un tercio del capital en cooperativas de primer grado. Debe estar completamente desembolsado en el momento de la constitución.
  • Razón social. Cualquier nombre seguido de “S. Coop.”. Si la responsabilidad es ilimitada, se añade “S. Coop. Iltda.”.
  • El 30% de los excedentes debe destinarse al Fondo de Reserva Obligatorio y al Fondo de Educación y de Promoción.

Constitución de la Sociedad Cooperativa

Se constituye mediante escritura pública e inscripción en el Registro General de Cooperativas.

Órganos de la Sociedad Cooperativa

  • Asamblea General. Reunión de todos los socios para deliberar y tomar decisiones. Objetivos:
    1. Examinar la gestión social.
    2. Aprobación de las cuentas anuales.
    3. Autorizar la imputación de los excedentes.
    4. Establecer la política general de la cooperativa.
  • Consejo Rector. Órgano de gestión, gobierno y representación de la sociedad. Compuesto por un mínimo de 3 socios; se puede nombrar un director.
  • Comité de Recursos. Presente en cooperativas de primer grado si así lo establecen los estatutos. Resuelve recursos contra sanciones impuestas a los socios.
  • Interventores. Censuran las cuentas anuales. Deben ser un mínimo de 3 socios.

Socios de la Sociedad Cooperativa

  • Derechos:
    • Participar en las actividades de la cooperativa.
    • Participar en el reparto del excedente.
    • Recibir la información necesaria para ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones.
  • Obligaciones:
    • Acudir a las reuniones de la Asamblea General.
    • Cumplir los acuerdos.
    • Participar en las actividades de formación.

Gestión de los Recursos Humanos

La Gestión de los Recursos Humanos

Gestión de RRHH. Conjunto de decisiones, acciones y políticas relacionadas con el elemento humano de la empresa, con el objetivo de mejorar la productividad y competitividad. El responsable de la gestión de RRHH es el departamento de personas o de RRHH.

Objetivos:

  • Seleccionar y formar al personal que necesita la empresa.
  • Proporcionar a los trabajadores los medios necesarios para que realicen su trabajo.
  • Facilitar que el trabajador alcance sus objetivos mientras trabaja.

La estructura del departamento de RRHH varía según la empresa. En pequeñas empresas, sus funciones las realiza una sección de otro departamento. En grandes empresas, el departamento de RRHH es muy complejo, formado por diversas secciones con distintas funciones: reclutamiento, selección, formación, planes de acogida, relaciones laborales, etc.

Funciones de la Gestión de Recursos Humanos

Administración del Personal

Trabajo. Conjunto de tareas o actividades realizadas por personas dentro de la empresa.

Requisitos para que una actividad sea considerada trabajo:

  • Contrato de trabajo. Acuerdo en el que se reflejan las voluntades de empresario y trabajador.

Contenido mínimo del contrato de trabajo:

  • Contenido de la prestación laboral.
  • Remuneración.
  • Duración temporal.
  • Periodo de prueba.
  • Tiempo de trabajo.
  • Forma del contrato.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *