Fiscalidad de las empresas: Impuestos, tasas y contribuciones especiales

4. LA FISCALIDAD DE LAS EMPRESAS. LOS TRIBUTOS.

Los tributos son pagos obligatorios que hacen los contribuyentes al Estado, a las comunidades autónomas o a los ayuntamientos, y constituyen la principal fuente de ingresos del sector público. Los tributos se clasifican en 3 grandes apartados: impuestos, tasas y contribuciones especiales.

1. Los Impuestos

Los impuestos son pagos que se exigen por ley, sin que el contribuyente reciba un beneficio específico a cambio de forma directa. Los impuestos son cuantitativamente la figura tributaria más importante, ya que representan más de la mitad de los ingresos públicos. Dentro de los impuestos, se distinguen:

  • Impuestos Directos. Gravan la renta o la riqueza de las personas y empresas en función de sus circunstancias económicas y familiares; permiten, por tanto, que quienes ganan más dinero paguen más que quienes tienen menos ingresos. Los más importantes son:

Impuesto sobre la Renta de las personas físicas (IRPF).

Impuesto sobre sociedades (IS).

Recae sobre el beneficio que obtienen las empresas. Se aplica un tipo general del 30% sobre los beneficios obtenidos.

  • Impuestos Indirectos. Gravan hechos concretos, independientemente de la identidad y de las circunstancias concretas de la persona que los realiza. Los paga todo el mundo por igual, se gane o se tenga más o menos dinero. El principal es el impuesto sobre el valor añadido (IVA), que pagamos cada vez que compramos un producto o contratamos un servicio. También están los impuestos especiales, que se pagan por consumir determinados productos, como el alcohol, el tabaco o la gasolina. Un impuesto indirecto que afecta de manera importante a las empresas es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, que se paga, por ejemplo, al utilizar una letra de cambio. IGIC (El Impuesto General Indirecto Canario).

2. Tasas

Son tributos que se pagan por el uso de un bien o servicio ofrecido por la Administración. Se pagan tasas por la recogida de basura o alcantarillado; o por el permiso de conducir, tasas académicas, etc.

3. Contribuciones especiales

Son tributos que pagan quienes se benefician de una obra o servicio público como, por ejemplo, la pavimentación de una calle o la construcción de una acera, que beneficia especialmente a los vecinos que la habitan.

Tanto el IRPF como el IS son impuestos directos y de carácter personal, puesto que sus hechos imponibles están ligados a la persona física o jurídica que obtiene la renta. Son, por tanto, impuestos que afectan directamente a las empresas.

5. LOS IMPUESTOS QUE PAGAN LAS EMPRESAS: EL IS y el IRPF

La empresa se relaciona con la Hacienda de dos formas: como contribuyente directo en diversos impuestos que gravan su capacidad contributiva, y actúa como recaudador forzoso para hacienda en diversos impuestos. Cuando la empresa paga salarios a sus trabajadores o cuando cobra el IVA a sus clientes, está obligada a desempeñar la figura de sujeto pasivo sustituto del contribuyente, es decir, no es el titular de la capacidad de contribuir pero interviene en su pago o generación, se ve obligada a actuar como recaudador intermedio entre el contribuyente y hacienda. Esto le lleva a retener pagos en el IRPF o a cobrar el IVA, y a ingresar después esas cantidades en hacienda.

Impuesto sobre sociedades (IS). Se trata de un impuesto directo y personal que grava la renta obtenida por las sociedades mercantiles y otras entidades colectivas. Es un impuesto proporcional, ya que se obtiene aplicando un tanto por ciento fijo sobre la base imponible.

Hecho imponible. Es la obtención de beneficios por parte de las sociedades.

El IRPF. Es un impuesto personal, directo y progresivo que grava la renta que obtienen las personas físicas. Se trata de un impuesto directo, ya que las rentas percibidas por cada persona constituyen una manifestación de su nivel económico y, por tanto, de su capacidad contributiva. Es progresivo porque el tipo de gravamen aumenta a medida que aumenta la base liquidable sobre la que se aplica, y es personal porque tiene en cuenta las circunstancias personales o familiares del contribuyente. Lo establece el Estado en todo su territorio y está cedido, en parte, a las comunidades autónomas.

Hecho imponible. Está constituido por la obtención de renta por parte de una persona física durante el periodo. Esas rentas pueden proceder de:

  • Los rendimientos del trabajo por cuenta ajena (Salarios),
  • Los rendimientos del capital inmobiliario (alquileres de inmuebles),
  • Los rendimientos del capital mobiliario (intereses bancarios, dividendos),
  • Los rendimientos de actividades económicas (rendimientos del empresario individual o del ejercicio profesional por cuenta propia),
  • Las pérdidas y ganancias patrimoniales experimentadas en el periodo.

6. OTROS IMPUESTOS: EL IAE Y EL IVA

Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Es un impuesto directo cuyo hecho imponible está constituido por el ejercicio de cualquier tipo de actividad empresarial, profesional o artística. No se consideran tales las actividades agrícolas, las ganaderas dependientes, las forestales y las pesqueras.

Es un impuesto de gestión compartida entre administraciones y que recaudan los ayuntamientos. Sus principales elementos son:

  • Son sujetos pasivos del IAE las personas físicas o jurídicas que realicen en territorio nacional cualquiera de las actividades que origina el hecho imponible.

Hay que destacar que no tienen que pagar el impuesto las empresas cuya cifra anual de negocios sea inferior a 1 millón de euros. También están exentos del pago del impuesto las administraciones y organismos públicos, las fundaciones benéficas y las asociaciones sin ánimo de lucro, así como las empresas que inician su actividad en territorio español durante los 2 primeros impositivos.

Cuota tributaria. Para calcular la cantidad que se debe pagar existen unas tarifas para cada una de las actividades económicas tipificadas en el impuesto. Estas tarifas contemplan 3 tipos de cuotas: municipal, provincial y nacional, dependiendo del ámbito territorial en el que se vaya a desarrollar la actividad.

Cada actividad tiene asignada una cuota mínima sobre la que los ayuntamientos aplican unos coeficientes correctores (recargos provinciales) en función de la superficie de los locales, número de habitantes del municipio, situación del local, etc., y que suponen incrementos de la cuota. A su vez, cada ayuntamiento puede establecer bonificaciones en el pago del impuesto para aquellas actividades que se quieren favorecer (creación de empleo en la zona, mejora del medio ambiente, etc.). Existen también bonificaciones del 50% por el ejercicio de actividad empresarial durante los 5 años siguientes a los 2 en que la actividad estuvo exenta.

El periodo impositivo coincide con el año natural.

El Impuesto sobre el valor añadido (IVA). El IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios.

Hecho imponible. Este elemento está constituido por el acto de compra de bienes o de prestación de servicios. IGIC.

7. DEL BALANCE SOCIAL AL BALANCE ÉTICO DE LAS EMPRESAS

La empresa recibe de la sociedad unos recursos tanto personales como materiales, culturales, científico-tecnológicos, etc., y hace un determinado uso de ellos. Gracias al empleo de estos recursos aportados por la sociedad, obtiene sus beneficios y genera rentabilidad para sus socios y propietarios. ¿Cuál es su contribución a la sociedad? ¿Cómo devuelve a la sociedad lo que recibe de ella?

Para responder a estas cuestiones, surge en la década de 1970 el concepto de balance social, entendido como un sistema de información acerca de las consecuencias de la actividad empresarial sobre la sociedad. Es decir, un instrumento para comparar lo que debería ser y lo que es.

El contenido del balance social. El balance social es un documento que contrapone los efectos positivos (beneficios sociales) a los efectos negativos (costes sociales) que se derivan de la actuación de la empresa y que permite evaluar el cumplimiento de su responsabilidad social durante un periodo determinado. Si los efectos negativos superan a los positivos, el balance social tendrá déficit en responsabilidad social.

Como ya vimos, entre los costes y beneficios sociales más frecuentes están:

  • Beneficios sociales:
  • Generación de riqueza y de los bienes y servicios que necesitamos,
  • Creación de puestos de trabajo que generan rentas para los ciudadanos,
  • Aportaciones a la comunidad (donaciones, proyectos culturales y de mejora en el entorno), desarrollo económico local, etc.,
  • Programas de ecoeficiencia y proyectos de mejora medioambiental,
  • Contribución a la sociedad: becas y ayudas, investigación y mecenazgo, colaboración con instituciones sociales y culturales,
  • Política de recursos humanos: jornada de trabajo flexible y de conciliación de la vida laboral y familiar; remuneraciones justas (sin discriminaciones), participación en beneficios, prestaciones sociales, etc., formación y promoción profesional, etc.,
  • Actitud positiva frente a los grupos e instituciones sociales: sindicatos, medios de comunicación, ONG, etc.
  • Costes Sociales:
  • Contaminación medioambiental (del aire, del agua, etc.),
  • Agotamiento de los recursos naturales y pérdida de biodiversidad,
  • Accidentes laborales y enfermedades profesionales,
  • Ambiente laboral: estrés y problemas psicológicos en el trabajo, deterioro de la calidad de vida de las personas,
  • Despidos, deslocalizaciones, etc., con costes por desempleo,
  • Conflictos sociales (huelgas, etc.), que empeoran la convivencia, reducen la producción y los ingresos de los trabajadores,
  • Dificultades para compaginar la vida laboral con la familiar,
  • Discriminación laboral e incumplimientos de derechos humanos.

De la responsabilidad social a la ética empresarial. Las empresas que han entendido los cambios de su entorno están adoptando la ética empresarial como uno de los aspectos básicos de su cultura. Esta nueva ética empresarial parte de un principio básico: la empresa como institución sólo podrá considerarse ética cuando encuentre el acuerdo o consenso de todos los grupos afectados por sus consecuencias. Desde este punto de vista, se recupera la idea de balance social y se profundiza en él a través del balance ético, como sistema de información para registrar el grado de consideración y cumplimiento de todos los intereses afectados. Para configurarlo es necesario:

  1. Identificar los diferentes grupos que convergen en la empresa (stakeholders) con sus respectivas aportaciones.
  2. Concretar los diferentes intereses que definen a cada uno de los grupos implicados. Para definir estos intereses, se requiere una organización participativa, que permita y potencie el diálogo entre los diferentes grupos.
  3. Traducir esos intereses a indicadores que permitan medir la distancia entre los compromisos sociales adquiridos por la empresa y lo realizado. Para evitar visiones parciales deben combinarse 2 tipos de indicadores:
  • objetivos o cuantitativos: miden hechos o condiciones que pueden ser observadas y verificadas (condiciones laborales, programas sociales, etc.),
  • subjetivos o cualitativos: miden la percepción que tienen los grupos implicados en la empresa a través de entrevistas, encuestas y sondeos de opinión, etc.

El balance ético se plasma en un cuadro, donde se muestran los grupos implicados, lo que aporta cada uno a la empresa y lo que espera recibir de ella. Si existe equilibrio entre lo que se aporta y lo que se espera los conflictos de intereses pueden pasar de ser un obstáculo para la rentabilidad empresarial a convertirse en un mecanismo de aprendizaje y factor de innovación sustituyendo la cultura de enfrentamiento por la de la cooperación.

CUADRO-LA EMPRESA como institución social: grupo de intereses.
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