Clasificación de las Empresas por Actividad Económica
Dependiendo de la actividad económica, se distinguen tres sectores principales:
- Sector Primario: Crean utilidad al obtener recursos directamente de la naturaleza (agricultura, pesca, minería).
- Sector Secundario: Desarrollan una actividad productiva al transformar físicamente unos bienes en otros más útiles para su uso (industria y construcción).
- Sector Terciario: Incluye actividades comerciales y otros servicios.
Clasificación por Ámbito de Actuación
Según su ámbito de actuación, una empresa puede ser local, regional, nacional o multinacional. Las empresas multinacionales realizan sus actividades en dos o más países.
Clasificación por Tamaño o Dimensión
Según su tamaño o dimensión, las empresas se clasifican en:
- Grande: Mínimo 250 trabajadores.
- Mediana: De 50 a 249 trabajadores.
- Pequeña: Entre 10 y 49 trabajadores.
- Microempresa: Menos de 10 trabajadores.
En España, el 95,8 % de las empresas son microempresas.
Clasificación por Propiedad
En función de quiénes sean los propietarios, las empresas se clasifican en tres tipos:
- Privadas: Aquellas cuya propiedad y control se encuentran en manos de particulares.
- Públicas: Aparecen cuando el capital y el control pertenecen a instituciones de la administración pública (Estado, comunidades autónomas o ayuntamientos).
- Mixtas: Se caracterizan porque el capital procede tanto de aportaciones públicas como privadas.
Formas Jurídicas Empresariales
El Empresario Individual (Autónomo)
El empresario individual es la persona física que ejerce de forma habitual y por cuenta propia una actividad comercial, industrial o profesional. Responde con todo su patrimonio de las deudas que pueda contraer su negocio. Por lo tanto, su responsabilidad es ilimitada.
Características Principales
- Mayor de edad o menor emancipado con un representante legal.
- No existe capital mínimo para iniciar la actividad.
- Su responsabilidad es ilimitada (responde con todos sus bienes presentes y futuros).
- La gestión y representación legal corresponden al titular.
- La razón social de la empresa será el nombre del titular.
- El empresario tributa a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por los rendimientos de su actividad económica.
- No es obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil del acto de constitución.
Ventajas
- El empresario decide con plena autonomía cómo dirigir la empresa y qué hacer con los beneficios.
- Es la forma más sencilla de establecer un negocio y, por ello, la forma más extendida en nuestro país.
Inconvenientes
El principal inconveniente es que el empresario asume todo el riesgo, ya que responde con todos sus bienes frente a las deudas de la empresa (responsabilidad ilimitada).
La Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L. o S.R.L.)
La S.L. es una sociedad mercantil de carácter capitalista, cuyo capital está dividido en partes iguales, llamadas participaciones. La responsabilidad de los socios está limitada estrictamente al capital aportado.
Características Clave
- Se puede constituir con uno o más socios (sociedad unipersonal o pluripersonal).
- El capital social mínimo es de 3.000 € y debe estar totalmente desembolsado en el momento de la constitución.
- La responsabilidad de los socios es limitada.
- En su denominación social debe figurar la expresión «Sociedad de Responsabilidad Limitada» (S.R.L. o S.L.).
Órganos de Gobierno de la S.L.
- La Junta General: Órgano supremo de la sociedad, donde están representados todos los socios.
- Los Administradores: Se encargan de la gestión diaria de la empresa y de ejecutar las decisiones de la Junta General.
Derechos de los Socios
- Participar en el reparto de los beneficios y en el patrimonio resultante de la liquidación.
- Adquirir con preferencia nuevas participaciones en caso de aumento de capital.
- Votar en la Junta General en función de sus aportaciones.
- Estar informados de las actuaciones de los administradores.
Ventajas e Inconvenientes
- Ventaja Principal: Los socios no responden con su patrimonio personal ante las posibles deudas (responsabilidad limitada).
- Inconveniente Principal: Existen restricciones para que los socios puedan transmitir sus participaciones a personas ajenas a la sociedad.
La Sociedad Anónima (S.A.)
La S.A. es una sociedad mercantil de carácter capitalista cuyo capital social está dividido en partes iguales, llamadas acciones. La responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada.
Características Esenciales
- Se puede constituir con uno o más socios.
- Los socios solo pueden perder el dinero invertido (responsabilidad limitada).
- El capital social mínimo es de 60.000 €. Debe estar totalmente suscrito y desembolsado en al menos un 25 % en el momento de la constitución.
- En su denominación social debe figurar la expresión «Sociedad Anónima» (S.A.).
Órganos de Gobierno de la S.A.
- La Junta General de Accionistas: Órgano supremo donde los accionistas deliberan y deciden sobre los asuntos más importantes. Se clasifica en ordinaria, extraordinaria o universal.
- El Consejo de Administración: Órgano de gestión y representación de la sociedad.
Las Acciones y Derechos de los Socios
Las acciones son títulos que representan una parte del capital social de la empresa y pueden ser nominativas o al portador. Confieren los siguientes derechos a los socios:
- Participar en el reparto de los beneficios.
- Tener preferencia para adquirir nuevas acciones en caso de ampliación de capital.
- Votar en la Junta General en función de las acciones que posean.
- Estar informado de las actuaciones de los administradores de la sociedad.
Ventajas de la S.A.
- Facilidad para vender las acciones.
- Acceso al mercado financiero mediante la emisión de bonos y obligaciones o la cotización en bolsa.
- Favorece la división entre la propiedad (accionistas) y la gestión (administradores).
