Sociedad Colectiva
Las cualidades personales de sus socios son determinantes para su funcionamiento, ya que se trata de una sociedad personalista. La sociedad colectiva se rige por el Código de Comercio.
Características:
- El número mínimo de socios para su constitución es de dos y no hay un número máximo.
- Todos los socios intervienen en la gestión de la empresa. Sin embargo, si los socios aportan únicamente trabajo, no pueden intervenir en dicha gestión.
- Los socios responden de las deudas sociales Seguir leyendo “Tipos de Sociedades Mercantiles: Características, Constitución y Fiscalidad” »